Secretaria Administrativa HCD Municipalidad de Godoy Cruz Rivadavia 448 - Godoy Cruz +54 - 261 - 4133051/53 www.godoycruz.gob.ar 2023 Año del 40º Aniversario de la Restauración de la Democracia Argentina “Con la Democracia se come, se cura y se educa” ORDENANZA N° 7360 /2023 VISTO: El Expte. N° 2023 - 001328/I1 - GC, caratulado: SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE - S/TRASPASO DE JURISDICCIÓN DE DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD AL MUNICIPIO DE GODOY CRUZ DE CALLE BOULOGNE SUR MER TRAMO CALLE PELLEGRINI - SANTIAGO DEL ESTERO; y CONSIDERANDO: Que por las presentes actuaciones, el Departamento Ejecutivo eleva a conside ración del Cuerpo el Convenio firmado entre el Municipio y la Dirección Provincial de Vialidad por el que se desafecta de la red de caminos de la DPV, el Corredor del Oeste, en el tramo comprendido desde Calle Santiago del Estero hasta Calle Pellegrini del Dpto. de Godoy Cruz, transfiriendo dicha arteria a jurisdicción de LA MUNICIPALIDAD de Godoy Cruz. Que la transferencia del camino aludido se realiza con todos sus accesorios y complementos, en el estado de conservación en que se encuentra, incluyendo el Corrimiento de Boletas por Servicios Públicos y el pago de los servicios de acuerdo a la Resolución N° 546/23, desprendiéndose la D.P.V. de todos sus deberes, atribuciones y funciones inherentes a los mismos, pasando a ser de exclusiva jurisdicción y compe tencia del Municipio. Que la transferencia de jurisdicción de calles que se menciona a favor del Municipio es irrevocable y no quedan sujetas a eventuales ordenanzas que se modifiquen en el ejido urbano de la municipalidad, acordando las artes a continuar otorgando los retiros que exigía la DPV como el municipio conforme a su trama vial. Que el mencionado Convenio se realiza entre LA DIRECCIÓN y LA MUNICIPALIDAD ad - referéndum del Poder Ejecutivo de la DPV, de acuerdo a lo establecido por el art. 10 inc. O d e la Ley 6063 y respecto a la MUNICIPALIDAD queda sujeto a la conformidad del Honorable Concejo Deliberante. Que el convenio ha sido aprobado en todos sus términos por el CONSEJO EJECUTIVO DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD a través de la Resolución 95 1/2023 . Que atento a lo expuesto se estima procedente refrendar en todos sus términos prestando la conformidad a la firma del convenio en cuestión. POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GODOY CRUZ
Secretaria Administrativa HCD Municipalidad de Godoy Cruz Rivadavia 448 - Godoy Cruz +54 - 261 - 4133051/53 www.godoycruz.gob.ar 2023 Año del 40º Aniversario de la Restauración de la Democracia Argentina “Con la Democracia se come, se cura y se educa” ORDENA ARTICULO 1: Refréndase y préstase el acuerdo en todas sus partes al Convenio firmado entre el Municipio y la Dirección Provincial de Vialidad por el que se desafecta de la red de caminos de la DPV, el Corredor del Oeste, en el tramo comprendido desde Calle Santiago del Estero hast a Calle Pellegrini del D epartamento de Godoy Cruz, transfiriendo dicha arteria a jurisdicción de LA MUNICIPALIDAD de Godoy Cruz. ARTICULO 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al registro municipal respectivo, publíquese y cumplido archívese. PL D ADA EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GODOY CRUZ , EN SESIÓN ORDINARIA DEL DÍA VEINTIOCHO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES