Secretaria Administrativa
HCD
Municipalidad de Godoy Cruz
Rivadavia 448
-
Godoy Cruz
+54
-
261
-
4133051/53
www.godoycruz.gob.ar
2023
Año del 40º Aniversario de la Restauración
de la Democracia Argentina
“Con la
Democracia se come, se cura y se educa”
ORDENANZA N°
7360
/2023
VISTO:
El Expte. N° 2023
-
001328/I1
-
GC, caratulado: SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SUSTENTABLE
-
S/TRASPASO DE JURISDICCIÓN DE DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD AL
MUNICIPIO DE GODOY CRUZ DE CALLE BOULOGNE SUR MER TRAMO CALLE PELLEGRINI
-
SANTIAGO DEL ESTERO; y
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones, el Departamento Ejecutivo eleva a conside
ración del Cuerpo
el Convenio firmado entre el Municipio y la Dirección Provincial de Vialidad por el que se
desafecta de la red de caminos de la DPV, el Corredor del Oeste, en el tramo comprendido desde
Calle Santiago del Estero hasta Calle Pellegrini del
Dpto. de Godoy Cruz, transfiriendo dicha
arteria a jurisdicción de LA MUNICIPALIDAD de Godoy Cruz.
Que la transferencia del camino aludido se realiza con todos sus accesorios y complementos, en
el estado de conservación en que se encuentra, incluyendo el
Corrimiento de Boletas por
Servicios Públicos y el pago de los servicios de acuerdo a la Resolución N° 546/23,
desprendiéndose la D.P.V. de todos sus deberes, atribuciones y funciones inherentes a los
mismos, pasando a ser de exclusiva jurisdicción y compe
tencia del Municipio.
Que la transferencia de jurisdicción de calles que se menciona a favor del Municipio es
irrevocable y no quedan sujetas a eventuales ordenanzas que se modifiquen en el ejido urbano
de la municipalidad, acordando las artes a continuar
otorgando los retiros que exigía la DPV
como el municipio conforme a su trama vial.
Que el mencionado Convenio se realiza entre LA DIRECCIÓN y LA MUNICIPALIDAD ad
-
referéndum del Poder Ejecutivo de la DPV, de acuerdo a lo establecido por el art. 10 inc. O d
e la
Ley 6063 y respecto a la MUNICIPALIDAD queda sujeto a la conformidad del Honorable Concejo
Deliberante.
Que el convenio ha sido aprobado en todos sus términos por el CONSEJO EJECUTIVO DE LA
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD a través de la Resolución 95
1/2023
.
Que atento a lo expuesto se estima procedente refrendar en todos sus términos prestando la
conformidad a la firma del convenio en cuestión.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GODOY CRUZ
Secretaria Administrativa
HCD
Municipalidad de Godoy Cruz
Rivadavia 448
-
Godoy Cruz
+54
-
261
-
4133051/53
www.godoycruz.gob.ar
2023
Año del 40º Aniversario de la Restauración
de la Democracia Argentina
“Con la
Democracia se come, se cura y se educa”
ORDENA
ARTICULO 1:
Refréndase y
préstase el acuerdo en todas sus partes al Convenio firmado entre el
Municipio y la Dirección Provincial de Vialidad por el que se desafecta de la red de caminos de
la DPV, el Corredor del Oeste, en el tramo comprendido desde Calle Santiago del Estero hast
a
Calle Pellegrini del D
epartamento
de Godoy Cruz, transfiriendo dicha arteria a jurisdicción de LA
MUNICIPALIDAD de Godoy Cruz.
ARTICULO 2:
Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al registro municipal respectivo,
publíquese y cumplido archívese.
PL
D
ADA EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GODOY CRUZ
, EN
SESIÓN ORDINARIA DEL DÍA VEINTIOCHO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES