Secretaria Administrativa HCD Municipalidad de Godoy Cruz Rivadavia 448 - Godoy Cruz +54 - 261 - 4133051/53 www.godoycruz.gob.ar 2023 Año del 40º Aniversario de la Restauración de la Democracia Argentina “Con la Democracia se come, se cura y se educa” ORDENANZA N° 7356 /2023 VISTO: El Expte. Nº 2023 - 000049/H1 - GC caratulado BLOQUE FRENTE CAMBIA MENDOZA - CONCEJAL MARIANELLA ARAYA CONCEJAL SILVINA ANFUSO E/ PROYECTO DE ORDENANZA MES DE LA VISIBILIDAD LÉSBICA . CONSIDERANDO: Que nuestro país suscribe a la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW) otorgándole jerarquía constitucional, como así también a la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mu jer (Convención de Belém do Pará 1994). Que la Repùblica Argentina cuenta con un marco normativo que apunta a la promoción de derechos, como así también a generar herramientas para la eliminación de la violencia, como vemos plasmado en las leyes nacionales Nº 26.150 de Educación Sexual Integral, Nº 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Nº 26.618 de Matrimonio Igualitario y Nº 26.743 de Identidad de Género. Que en 2018 se sanciona la Ley Nacional Nº 27.499 conocida como Ley Micaela, que establece la capacitación obligatoria en temática de género y violencia por motivos de género para las personas que se desempeñan en todos los niveles de la Administración Pública; Que mediante ordenanza municipal N º 7068 del año 2020, el departamento de Godoy Cruz aprobó un Protocolo de Actuación destinado a generar un ámbito de recepción y resolución administrativa ante situaciones de vulneración de derechos de mujeres y personas colectivo en el ámbito del municipi o. Que las organizaciones LGBTIQ+, de mujeres y de derechos humanos que promueven la visibilidad Lésbica llevan muchos años luchando por una sociedad más inclusiva. Que a nivel nacional nos encontramos con una situación de carencia de estadísticas oficiale s sobre las problemáticas de invisibilidad de las identidades lésbicas, siendo las experiencias de medición de estadísticas oficiales a nivel nacional realizadas por el INDEC sólo de carácter exploratorio. Que según el relevamiento realizado por la Asociac ión Civil “Lesbianas Proyecto Federal” fundada en el año 2022, se visualizan algunas problemáticas comunes a las identidades lésbicas, tales como: la interseccionalidad, la dificultad de transitar la vejez, la violencia dentro de las relaciones de pareja y la carencia de redes de contención, entre otras.
Secretaria Administrativa HCD Municipalidad de Godoy Cruz Rivadavia 448 - Godoy Cruz +54 - 261 - 4133051/53 www.godoycruz.gob.ar 2023 Año del 40º Aniversario de la Restauración de la Democracia Argentina “Con la Democracia se come, se cura y se educa” Que a partir del lesbicidio de Natalia “Pepa” Gaitán, acontecido en la ciudad de Córdoba el 7 de marzo del año 2010, se generó una lucha frontal contra toda actitud de lesbofobia, que motivó la rea cción de activistas y organizaciones lésbicas de todo el país, quienes se hicieron escuchar públicamente y tomaron las calles con acciones directas que pretendían desmontar la invisibilidad y violencia expresa y simbólica hacia lesbianas en razón de su ori entación sexual e identidad de género, instituyéndose así como el Día de la Visibilidad Lésbica en Argentina. Que el día 26 de abril en diversas partes del mundo se conmemora a partir del año 2008 el Día de la Visibilidad Lésbica, generando así un llamado hacia la construcción de sociedades más inclusivas en toda la región y la protección de sus DDHH, sin discriminación. Que este Cuerpo Legislativo desea reafirmar el derecho de las lesbianas a tener expresiones que hablen de su existencia dentro de la comun a, tendientes a promover la visibilidad lésbica, entendiendo que la invisibilidad es la manifestación de la problemática de discriminación. POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GODOY CRUZ ORDENA ARTÍCULO 1: Declárase en el departamento de Godoy C ruz el Mes de la Visibilidad Lésbica, comprendiendo desde el 7 de marzo al 26 de abril de cada año. ARTÍCULO 2: Instrúyase al Departamento Ejecutivo la realización, durante el mes de marzo y abril, de actividades, foros, campañas audiovisuales o instancias formativas, abiertas a la comunidad en general, que tengan por finalidad fomentar el respeto hacia las personas de identidad lésbica, prevenir acciones de discriminación hacia dichas identidades. ARTÍCULO 3: Desarróllense talleres de concientización desti nados al personal municipal para detectar y prevenir acciones que puedan generar discriminación hacia las identidades lésbicas. ARTÍCULO 4: Realícese anualmente una Jornada Cultural como cierre del Mes de la Visibilidad Lésbica, en la que se garantice la participación de artistas y emprendedoras que así lo deseen. ARTÍCULO 5: El Poder Ejecutivo designará el ámbito de aplicación que considere oportuno. ARTÍCULO 6 : Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al registro municipal respectivo, publíquese y cum plido archívese. DADA EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GODOY CRUZ, EN SESIÓN ORDINARIA DEL DÍA TREINTA Y UNO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES .