Secretaria Administrativa
HCD
Municipalidad de Godoy Cruz
Rivadavia 448
-
Godoy Cruz
+54
-
261
-
4133051/53
www.godoycruz.gob.ar
2023
Año del 40º Aniversario de la Restauración
de la Democracia
Argentina
“Con la Democracia se come, se cura y se educa”
ORDENANZA N°
7356
/2023
VISTO:
El Expte. Nº
2023
-
000049/H1
-
GC caratulado BLOQUE FRENTE CAMBIA MENDOZA
-
CONCEJAL
MARIANELLA ARAYA CONCEJAL SILVINA ANFUSO E/ PROYECTO DE ORDENANZA MES DE LA
VISIBILIDAD LÉSBICA
.
CONSIDERANDO:
Que nuestro país
suscribe a la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de
Discriminación Contra la Mujer (CEDAW) otorgándole jerarquía constitucional, como así
también a la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra
la Mu
jer (Convención de Belém do Pará 1994).
Que la Repùblica Argentina cuenta con un marco normativo que apunta a la promoción de
derechos, como así también a generar herramientas para la eliminación de la violencia, como
vemos plasmado en las leyes nacionales
Nº 26.150 de Educación Sexual Integral, Nº 26.485 de
Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Nº
26.618 de Matrimonio Igualitario y Nº 26.743 de Identidad de Género.
Que en 2018 se sanciona la Ley Nacional
Nº 27.499 conocida como Ley Micaela, que establece
la capacitación obligatoria en temática de género y violencia por motivos de género para las
personas que se desempeñan en todos los niveles de la Administración Pública;
Que mediante ordenanza municipal N
º 7068 del año 2020, el departamento de Godoy Cruz
aprobó un Protocolo de Actuación destinado a generar un ámbito de recepción y resolución
administrativa ante situaciones de vulneración de derechos de mujeres y personas colectivo en
el ámbito del municipi
o.
Que las organizaciones LGBTIQ+, de mujeres y de derechos humanos que promueven la
visibilidad Lésbica llevan muchos años luchando por una sociedad más inclusiva.
Que a nivel nacional nos encontramos con una situación de carencia de estadísticas oficiale
s
sobre las problemáticas de invisibilidad de las identidades lésbicas, siendo las experiencias de
medición de estadísticas oficiales a nivel nacional realizadas por el INDEC sólo de carácter
exploratorio.
Que según el relevamiento realizado por la Asociac
ión Civil “Lesbianas Proyecto
Federal” fundada en el año 2022, se visualizan algunas problemáticas comunes a las
identidades lésbicas, tales como: la interseccionalidad, la dificultad de transitar la vejez,
la violencia dentro de las relaciones de
pareja y la carencia de redes de contención,
entre otras.
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Rivadavia 448
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Godoy Cruz
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2023
Año del 40º Aniversario de la Restauración
de la Democracia
Argentina
“Con la Democracia se come, se cura y se educa”
Que a partir del lesbicidio de Natalia “Pepa” Gaitán, acontecido en la ciudad de Córdoba el 7 de
marzo del año 2010, se generó una lucha frontal contra toda actitud de lesbofobia, que motivó
la rea
cción de activistas y organizaciones lésbicas de todo el país, quienes se hicieron escuchar
públicamente y tomaron las calles con acciones directas que pretendían desmontar la
invisibilidad y violencia expresa y simbólica hacia lesbianas en razón de su ori
entación sexual e
identidad de género, instituyéndose así como el Día de la Visibilidad Lésbica en Argentina.
Que el día 26 de abril en diversas partes del mundo se conmemora a partir del año 2008 el Día
de la Visibilidad Lésbica, generando así un llamado
hacia la construcción de sociedades más
inclusivas en toda la región y la protección de sus DDHH, sin discriminación.
Que este Cuerpo Legislativo desea reafirmar el derecho de las lesbianas a tener expresiones que
hablen de su existencia dentro de la comun
a, tendientes a promover la visibilidad lésbica,
entendiendo que la invisibilidad es la manifestación de la problemática de discriminación.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GODOY CRUZ
ORDENA
ARTÍCULO 1:
Declárase en el departamento de Godoy C
ruz el Mes de la Visibilidad Lésbica,
comprendiendo desde el 7 de marzo al 26 de abril de cada año.
ARTÍCULO 2:
Instrúyase al Departamento Ejecutivo la realización, durante el mes de marzo y
abril, de actividades, foros, campañas audiovisuales o instancias
formativas, abiertas a la
comunidad en general, que tengan por finalidad fomentar el respeto hacia las personas de
identidad lésbica, prevenir acciones de discriminación hacia dichas identidades.
ARTÍCULO 3:
Desarróllense talleres de concientización desti
nados al personal municipal para
detectar y prevenir acciones que puedan generar discriminación hacia las identidades lésbicas.
ARTÍCULO 4:
Realícese anualmente una Jornada Cultural como cierre del Mes de la Visibilidad
Lésbica, en la que se garantice la
participación de artistas y emprendedoras que así lo deseen.
ARTÍCULO 5:
El Poder Ejecutivo designará el ámbito de aplicación que considere oportuno.
ARTÍCULO
6
:
Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al registro municipal respectivo,
publíquese y cum
plido archívese.
DADA EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GODOY CRUZ, EN
SESIÓN ORDINARIA DEL DÍA
TREINTA Y UNO
DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES
.