Secretaria Administrativa HCD Municipalidad de Godoy Cruz Rivadavia 448 - Godoy Cruz +54 - 261 - 4133051/53 www.godoycruz.gob.ar 2023 Año del 40º Aniversario de la Restauración de la Democracia Argentina “Con la Democracia se come, se cura y se educa” ORDENANZA N° 7336 /2023 VISTO: El Expediente Nº 2022 - 000241/H1 - GC, caratulado: BLOQUE FRENTE CAMBIA MENDOZA CONCEJAL MARIANELLA ARAYA CONCEJAL SILVINA ANFUSO E/ PROYECTO DE ORDENANZA PARA CREACIÓN DE LA CAMPAÑA GODOY CRUZ NARANJA. CONSIDERANDO: Que la violencia contra mujeres y niñas es una de las violaciones de los derechos humanos más extendidas, persistentes y devastadoras del mundo actual. Que, en forma general, la violencia se manifiesta de forma física, sexual y psicológica e incluye: ● violencia por un compañero sentimental (violencia física, maltrato psicológico, violación conyugal, femicidio); ● violencia sexual y acoso (violación, actos sexuales forzados, insinuaciones sexuales no deseadas, abuso sexual infantil, matrim onio forzado, acecho, acoso callejero, acoso cibernético); ● trata de seres humanos (esclavitud, explotación sexual); ● mutilación genital, y ● matrimonio infantil. Que, la Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer emitida por la Asamblea General de la ONU en 1993, define la violencia contra la mujer como “todo acto de violencia que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o sicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada.” Que los efectos psicológicos adversos de la violencia contra las mujeres y niñas, al igual que las consecuencias negativas para su salud sexual y r eproductiva, afectan a las mujeres en toda etapa de sus vidas. Que, aunque todas las mujeres, en todas partes del mundo, pueden sufrir violencia de género, algunas mujeres y niñas son particularmente vulnerables, ejemplo de ellas son las niñas y las mujer es más mayores, las mujeres que se identifican como lesbianas, bisexuales, transgénero o intersex, las migrantes y refugiadas, las de pueblos indígenas o minorías étnicas, o mujeres y niñas que viven con el VIH y discapacidades, y aquellas en crisis humani tarias. Que la violencia contra la mujer sigue siendo un obstáculo para alcanzar igualdad, desarrollo, paz, al igual que el respeto de los derechos humanos de mujeres y niñas, considerando lo establecido por el Objetivo de Desarrollo Sostenible número 5, I gualdad de Género y Empoderamiento de la Mujer. Que es necesario sensibilizar y prevenir la discriminación y la violencia contra la mujer en cualquiera de sus manifestaciones y ámbitos.
Secretaria Administrativa HCD Municipalidad de Godoy Cruz Rivadavia 448 - Godoy Cruz +54 - 261 - 4133051/53 www.godoycruz.gob.ar 2023 Año del 40º Aniversario de la Restauración de la Democracia Argentina “Con la Democracia se come, se cura y se educa” Que, en tal sentido, el estado Municipal debe remover patrones socioculturales que promueven y sostienen la desiguald ad de género y las relaciones de poder sobre las mujeres y niñas Que hay que adoptar medidas tendientes a sensibilizar a la sociedad, promoviendo valores de igualdad y deslegitimación de la violencia contra las mujeres. Que se requiere la cooperación y p articipación de la sociedad civil, comprometiendo a entidades privadas y actores públicos estatales y no estatales. Que es importante mantener una coordinación con las organizaciones no gubernamentales especializadas en la materia para el desarrollo de ac tividades preventivas, de control y ejecución de medidas de asistencia a las mujeres que padecen violencia y la reeducación a quienes la ejercen . Que es necesario mantener campañas de sensibilización y concientización sobre la violencia contra las mujeres informando sobre los derechos, recursos y servicios que el Estado, consolidando la condena social a toda forma de violencia contra las mujeres. Que, en todo el mundo, cada 25 de noviembre se conmemora el Día Internacional para la Erradicación de la Viole ncia contra las Mujeres, decretado oficialmente por la ONU en 1999; sin embargo, en Latinoamérica esta fecha se conmemora desde varios años atrás, en 1981, en honor a tres hermanas dominicanas asesinadas el 25 de noviembre de 1960 por orden del dictador Ra fael Leónidas Trujillo, del que eran opositoras. Que actualmente este movimiento para visibilizar la violencia que sufren las mujeres alrededor del planeta se celebra no solo cada 25 de noviembre, sino cada 25 de mes: con el conocido Día Naranja. Este día forma parte de una gran campaña nombrada Iniciativa Día Naranja, Campaña Únete, puesta en marcha en 2008 por el secretario general de la Organización de las Naciones Unidas y que tiene el objetivo de generar conciencia para prevenir y erradicar la violenci a contra las mujeres y niñas. POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GODOY CRUZ ORDENA ART ÍCULO 1: Créase en el ámbito de la Municipalidad la Campaña “Godoy Cruz Naranja”, con el objetivo de generar conciencia para prevenir y erradicar la viole ncia contra las mujeres y niñas. ARTÍCULO 2: Establécese el día 25 de cada mes como Día “Godoy Cruz Naranja”: un día para actuar, generar conciencia y prevenir la violencia contra mujeres y niñas. ARTÍCULO 3: Convócase a organizaciones de la sociedad civil, a entidades privadas y actores públicos estatales y no estatales a sumarse a la Campaña “Godoy Cruz Naranja”.
Secretaria Administrativa HCD Municipalidad de Godoy Cruz Rivadavia 448 - Godoy Cruz +54 - 261 - 4133051/53 www.godoycruz.gob.ar 2023 Año del 40º Aniversario de la Restauración de la Democracia Argentina “Con la Democracia se come, se cura y se educa” ART ÍCULO 4 : Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al registro municipal respectivo, publíquese y cu mplido archívese. DADA EN SALA DE SESIONES , EN SESIÓN ORDINARIA DEL DÍA SEIS DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL V E INTI TRES.