image/svg+xmlSecretaria AdministrativaHCDMunicipalidad de Godoy CruzRivadavia 448-Godoy Cruz+54-261-4133051/53www.godoycruz.gob.ar2023Año del 40º Aniversario de la Restauraciónde la Democracia Argentina“Con la Democracia se come, se cura y se educa”ORDENANZA N° 7327/2023VISTO:El Expte.N° 2022-002216-I1-GC, caratulado:SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE-CONVENIO DONACIÓN MUNICIPALIDAD DE GODOY CRUZ -ESTABLECIMIENTO CAMPANA S.A;yCONSIDERANDO:Que por las presentes actuaciones el Departamento Ejecutivo a través de laSecretaría de Ambiente y Desarrollosustentable eleva al Cuerpo Convenio firmado entre la MUNICIPALIDAD DE GODOY CRUZ,ad referéndum del Concejo Deliberante conforme arts. 71 inciso 4º, art. 75, correlativos y concordantes de la Ley Nº 1079; por una parte y por la otra ESTABLECIMIENTOS CAMPANA S.A., representada porAdrián Domingo, CampanaDNI Nº 14.009.642.Que en el mencionado convenio la DONANTE se compromete a otorgar en Donación con Cargo, en los términos del art. 1562y concordantesdel Código Civil y Comercial de la Nación, a LA DONATARIA, la cual se compromete a aceptarla, las fracciones del inmueble de propiedad del DONANTE,identificado bajo el padrón municipal 19624, N.C. 050208002600000600009, ubicado en calle Sarmiento 2470, Departamento de Godoy Cruz.Que en suartículo 3 se establecen las obligaciones del donante como el compromisoaefectuarla“donaciónconcargo”delassuperficiescorrespondientesaapertura de calles. Las mismas se realizaránde acuerdo a las Ordenanzas municipales N° 6233/2013 referente a calle Azul, 6234/2013 referente a calle Matheu y 5610/2008 referente a calle Vandor y Preciado; las mismas conformeafecta al padrón en referencia, y son determinadasen el proyecto denominado “mensura y fraccionamiento” anexo al presente convenio, elaborado por la Municipalidad de Godoy Cruz., en una superficie aproximada de 1650.85 m2polígono calle Azul Sur, 1682.31m2polígono calle Azul Norte, 205.86 m2polígono Calle Sarmiento Oeste, 120.92 m2 polígono calle Sarmiento Este, haciendo un total de 3659.94 m2.afectado a apertura de calles según ordenanzas vigentes. Realizando la“donaciónconcargo”de la superficie que el Municipio usará para eldesarrollo de proyecto municipal de vivienda social para clase media,denominado fracción B determinadasen el proyecto denominado “mensura y fraccionamiento” anexo al presente convenio, elaborado por la Municipalidad de Godoy Cruz. Consistente en 3.002.08m2.Que el artículo 4 establece las obligaciones de la donataria, como son el compromiso deefectuar el desarrollo delproyecto de fraccionamiento y asumir los gastos, sellados y aforoscorrespondientes, con fecha límite de 120 días a contar a partir del presente convenio. Ejecutar in situ y bajo costo propio las obras necesarias para la demarcación y apertura decalles. Ejecutar las obras necesarias para realizar el cajón estructural y nivelación general de calzadas, comprendiendo los siguientes trabajos:Replanteo y limpieza = nivelación calle.Perfilado, Movimiento suelo = remoción y compactación de calle con aporte de material.Base estabilizada para calles.Retiro de material sobrante.
image/svg+xmlSecretaria AdministrativaHCDMunicipalidad de Godoy CruzRivadavia 448-Godoy Cruz+54-261-4133051/53www.godoycruz.gob.ar2023Año del 40º Aniversario de la Restauraciónde la Democracia Argentina“Con la Democracia se come, se cura y se educa”Apertura, enripiado y compactación de calles espesor = 0,15m.Cordón = construcción H°350 kg/m3.Banquina = construcción H°350kg/m3.Alumbrado público.Todo ello deberá ser realizarlo con el consentimiento y coordinación de los propietarios para coordinarobras necesarias de acuerdo a la urbanizaciones futuras, los trabajos mencionados se ejecutaran sin demolición delperímetro existente en los sectores que presente buen estado de seguridad hacia la vía pública, hasta tanto se inicie la comercialización yventa de fracciones, circunstancia en la que los compradores realizarán, por su cuenta, la demolición de cierres existentes, las terminaciones de las obras mencionadas para la apertura de las calles y la ejecución de nuevos cierres perimetrales.1.Demoler oejecutar soluciones constructivas en los sectores ubicados en el perímetro del polígono de mensura denominados “cierres perimetrales materializados en adobe” que sean identificado por la donataria como “riesgosos a la seguridad y a la vía pública”.2.Realizar de manera periódica y permanente, durante un periodo de 4 años a partir de la rúbrica del presente convenio, la limpieza, desmalezado, desratización del padrón en referencia, pudiendo la donataria realizar rondas de seguridad en el sector para dar avisos a las fuerzas de seguridad ante alguna posible ocupación clandestina del terreno privado. 3.Gestionar ante el Honorable Concejo Deliberante la condonación de la deuda por Tasas Municipales y multas que posee el Padrón objeto de la presente donación. Y almismo tiempo, eximir de dichas tasas durante el periodo de 5 años a partir de la rúbrica del presente convenio a las fracciones resultantes.4.Eximir de intimaciones y apremios por muros perimetrales y situaciones constructivas irregulares a las fracciones resultantes, durante el periodo de 5 años a partir de la rúbrica del presente convenio.5.Se prevé el otorgamiento de un subsidio por desarraigo para que la donante genere la reubicación de la persona ocupante de la vivienda existente. Que el artículo 2 delConvenio establece que el mismo está sujeto a la ratificación del Honorable Concejo Deliberante y que cuando esto ocurra, el donante formalizará la entrega de la posesión legal de las fracciones del inmueble que se donan, identificadas en el precedente artículo Primero,con la exclusiva finalidad de que la superficie donada con cargo, sea destinada a apertura de calles afectadas por ordenanzas municipales y la realización de un desarrollo de vivienda con fines sociales para clase media.Que atento a lo expuesto se estima procedente ratificar en todas sus partes el Convenio mencionado y aceptar la donación realizada, modificando la Ordenanza 7303/2022.POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GODOY CRUZ
image/svg+xmlSecretaria AdministrativaHCDMunicipalidad de Godoy CruzRivadavia 448-Godoy Cruz+54-261-4133051/53www.godoycruz.gob.ar2023Año del 40º Aniversario de la Restauraciónde la Democracia Argentina“Con la Democracia se come, se cura y se educa”ORDENAARTÍCULO 1: Modifícase la Ordenanza Nº 7303/22,la que quedará redactado dela siguiente forma: ARTÍCULO 1:Acéptase ladonación con cargo y ratificase en todas sus partes el Convenio firmado entre la MUNICIPALIDAD DE GODOY CRUZ, por una parte y por la otra ESTABLECIMIENTOS CAMPANA S.A., representada por su apoderado Adrián Domingo, Campana DNI Nº14.009.642“Aceptando laDonación con Cargo”, en los términos del art. 1562 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación por parte de LA DONATARIA, de las fracciones del inmueble de propiedad del DONANTE, identificado bajo el padrón municipal 19624, N.C. 050208002600000600009, ubicado en calle Sarmiento 2470, Departamento de Godoy Cruz.ARTÍCULO 2:Por Escribanía Municipal y dependencias municipales que correspondan, se deberán tomar las medidas tendientes para inscribir en el erario municipal los terrenos aceptados endonación. ARTÍCULO 3:Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al registro municipal respectivo, publíquese y cumplido archívese.PLDADA EN SALA DE SESIONES, EN SESIÓN ORDINARIA DEL DÍA DOS DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES