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2022
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Año de Homenaje
40° Aniversario de la Gesta de Malvinas
ORDENANZA N° 7307/2022
VISTO:
El Expte. Nº 2022
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002274
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I1
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GC, caratulado: DIRECCIÓN DE TESORERIA GENERAL
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E/PROYECTO
DE ORDENANZA REINVERSIÓN SOCIAL Y SUSTENTABLE MUNICIPAL: y
CONSIDERANDO:
Que desde el año 2015, Godoy Cruz ha adoptado un fuerte compromiso con la política ambiental
incorporando de manera transversal el cuidado por el ambiente y la disminución de emisiones de
GEI (Gases de Efecto Invernadero) como en su plan de
gestión que se basa en cinco ejes, los cuales
incorporan los Objetivos del Desarrollo Sostenible (ODS) desde la perspectiva local.
Que la comuna forma parte de la Red Argentina de Municipios contra el Cambio Climático
(RAMCC) y todas sus actividades se en
marcan dentro de los ODS de Naciones Unidas.
Que, la Municipalidad de Godoy Cruz firmó su compromiso en 2018 en el Pacto Global de
alcaldes por el Clima y la Energía comprometiéndose voluntariamente con la lucha al cambio
climático, reduciendo sus impacto
s inevitables y facilitando el acceso a energía sostenible y
asequible para todos, siendo una de las 7 ciudades argentinas en finalizar el Plan Local de
Acción Climático “Godoy Cruz Carbono Neutral 2030”, el que fue distinguido a nivel nacional e
internaci
onal.
Que además nuestro Municipio forma parte del Programa Internacional de Cooperación
Urbana para América Latina y el Caribe (IUC
-
LAC), de la Unión Europea.
Que, en el marco de la Red Argentina de Municipios frente al Cambio Climático, se profundizó
la política ambiental con el objetivo de hacer frente al cambio climático desde el rol del
gobierno local asociado a la comunidad, considerando fundamental que, a través de acciones
concretas del Estado, las y los ciudadanos actúen en consonancia con ellas
tomando dimensión
de lo que representa esta amenaza para la humanidad.
Que la Municipalidad de Godoy Cruz ha realizado la primera versión de su Plan Local de Acción
Climática (PLAC) durante el año 2018, siendo uno de los primeros 6 gobiernos locales
arge
ntinos en diseñarlo. El mismo fue presentado al Secretariado del Pacto Global de Alcaldes
por el Clima y la Energía (GCoM por sus siglas en inglés) para América Latina y el Caribe, el 29
de diciembre de ese año. El trabajo se reportó en la plataforma CDP y
ha cumplimentado los
requerimientos del Marco Común de Reporte del Pacto de Alcaldes por el Clima y la Energía,
obteniendo la medalla de “Compliant”.
Que en 2018 Godoy Cruz logró su 2º reconocimiento internacional por su compromiso con el
cuidado del amb
iente, el cual trata de la validación de su inventario de efecto invernadero, que
fue subido al Carbon Climate Regist, la plataforma mundial de informes para ciudades, pueblos
y regiones que abordan el cambio climático.
Que el Municipio de Godoy Cruz, es
el primero en Argentina en transversalizar la gestión
climática en la totalidad de sus políticas públicas locales para el desarrollo sostenible. Para
lograrlo, se aprobó la Ordenanza para la gestión climática local y garantizar que nuestras
políticas favor
ezcan el logro de los Objetivos de Desarrollo Sostenible y la Agenda 2030.
Secretaría Administrativa
HCD
Municipalidad de Godoy Cruz
Rivadavia 448
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Godoy Cruz
+54
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4133051/53
www.godoycruz.gob.ar
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Año de Homenaje
40° Aniversario de la Gesta de Malvinas
Que la Ordenanza N°6995 sobre “Acción climática” establece en el ámbito de la Municipalidad
de Godoy Cruz los presupuestos mínimos para la gestión adecu
ada del cambio climático a nivel
local, y en particular, el diseño e implementación de políticas, acciones, instrumentos y
estrategias de mitigación y adaptación al cambio climático.
Que el Plan Local de Acción Climática “Godoy Cruz Carbono Neutral 2030”
prevé acciones de
mitigación y adaptación al cambio climático a nivel local con la participación ciudadana como
principal hacedora en la disminución de las emisiones de Gases de Efecto Invernadero.
Que, se llevan a cabo diversas políticas de mitigación de
la emisión del Departamento
provenientes del análisis de las principales fuentes de generación (energía, transporte y
residuos) halladas en los Inventarios de GEI´s desarrollados desde el 2013, donde el valor se
mantuvo estable hasta 2016, cuando comienza
una reducción marcada. En 2015, se generaron
2,98 ton de COe (dióxido de carbono equivalente) per cápita, en tanto que el año 2020 (último
informe) la cantidad se redujo a 1,66 ton de COe per cápita, lo que representa una reducción
de 36,7 % en 5 años.
Q
ue el Plan Local de Acción Climática “Godoy Cruz Carbono Neutral 2030” incorpora políticas e
iniciativas públicas orientadas a la mitigación y adaptación al cambio climático en 6 ejes:
1.Desarrollo y fomento de la movilidad sostenible
2.Gestión Integral e
Inclusiva de Residuos Sólidos Urbanos y Economía Circular.
3.
Fomento de la eficiencia energética y uso de las energías renovables.
4.
Solidaridad y Eficiencia Hídrica
5.Preservación de la biodiversidad y pulmones verdes de la ciudad.
6. Gobernanza climática
Q
ue los mencionados estándares no solo se refieren a un enfoque desde el punto de vista
ambiental, sino también al social, logrando con los mismos no solo ofrecer a la ciudadanía una
mejora en su bienestar, sino también generando diversos ahorros que consti
tuyen una mejora
en el impacto económico.
Que la Municipalidad de Godoy Cruz lleva a cabo numerosos proyectos acordes a las acciones
anteriormente descriptas, entre los cuales podemos citar: (a) Parque Solar GC, donde el producido
de la energía de este
Parque se destina la alimentación de la red de Alumbrado Público del
departamento, teniendo como principal misión disminuir el gasto de energía y la generación de
ahorro en el consumo doméstico, generando un repago de la inversión efectuada
(b)
Posibilidad de
incorporar calefones y paneles solares en barrios vulnerables de nuestra
ciudad (c) Construcción de Viviendas Sociales por medio de métodos sustentables y amigables
con el medio ambiente.
Que en nuestro país la Comisión Nacional de Valores, ha incorporad
o los principios de la
Asociación Internacional de Mercado de Capitales (International Capital Market Association,
“ICMA”) que permite distinguir los distintos tipos de valores negociables tales como lo son :
Bonos Verdes: Green Bond Principles (GBP), Bono
s Sociales: Social Bond Principles (SBP),
Bonos Sustentables: Sustainable Bonds Guidelines (SBG), asi como también los estándares que
deberán ser considerados para la emisión de Bonos Verdes, sociales y sustentables (bonos
SVS) mediante el dictado de la Re
solución General N° 764/2018 y el Anexo RG N° 788, que
junto con la reglamentación de BYMA (Bolsas y mercado de Argentina) ha permitido crear un
panel y segmento diferenciado de instrumentos con impacto en los cuales se encuentra los
títulos públicos tanto
nacionales, provinciales como municipales.
Secretaría Administrativa
HCD
Municipalidad de Godoy Cruz
Rivadavia 448
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Godoy Cruz
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Año de
Homenaje
40° Aniversario de la Gesta de Malvinas
Que desde el año 2020 a la fecha este segmento de bonos SVS ha tenido un crecimiento
sostenido, y un creciente interés por los inversores en redireccionar sus decisiones de
inversión a títulos con impact
o, no solo hacia aquellos emitidos por el sector privado, sino
también en instrumentos emitidos por el sector público.
Que los BONOS SVS permiten financiar o recuperar las inversiones realizadas relacionadas con
proyectos específicos, determinados, en don
de es esencial la aplicación de los fondos hacia
proyectos realizados o a realizarse vinculados con los ODS de Naciones Unidas con su
consecuente informes de aplicación de fondos e informe sobre la correcta trazabilidad en su
aplicación, a la vez que permi
te tener un instrumento que mejora la diversificación de los
inversores, capturando nuevas oportunidades de negocio al aprovechar la creciente demanda
de desarrollo sostenible como así también la atracción de capitales de corto, mediano y largo
plazo. Esto
logra que sigan consolidándose como la mejor alternativa de captación de capitales
para aquellas empresas y/o organizaciones que incorporan la sostenibilidad dentro de su
estrategia corporativa y en las políticas de estado a nivel soberano y sub
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soberano.
Que por artículo 105 inc. 4° Ley 1079 son atribuciones y deberes del Intendente elevar
proyectos de Ordenanzas por proyectos Fundados.
Que por artículo 74 Ley 1079 se necesita autorización de HCD para la realización del mismo.
Que una gestión no solo p
uede avocarse a solucionar inconvenientes y/o necesidades actuales
o de corto plazo, sino que también debe dar un horizonte hacia el mediano y largo plazo, y
buscar formas de captación de fondos responsables y relacionadas en cuanto a su aplicación a
los p
rincipios de desarrollo sustentable.
Que la gestión de la Municipalidad vinculada con la sustentabilidad ha sido uno de los pilares
de este Departamento en los últimos años, dando una inversión en infraestructura a los
vecinos y en definitiva generando
por medio de estos una mejor calidad de vida.
Que el propósito principal es contribuir al mejoramiento de la calidad de vida urbana de los
habitantes del Municipio de Godoy Cruz, priorizando la importancia de la obtención de fondos
que sean aplicados a un
destino o proyecto específico vinculado con la sustentabilidad.
Que por lo motivos anteriormente desarrollados se considera oportuno, valioso y alineado con
los objetivos y metas de sustentabilidad de nuestro municipio, buscar alternativas que brindan
lo
s distintos mercados para fortalecer las diversas acciones del Municipio.
Que, de acuerdo a lo expuesto, es conveniente el acceso a instrumentos que brinda el
Mercado de Capitales vinculados con los ODS, como es el caso de los BONOS SVS los cuales
permite
n no solo obtener recursos para proyectos específicos sino también para ampliar las
inversiones previamente realizadas por el Municipio.
Que se estima procedente acceder a lo solicitado.
Secretaría Administrativa
HCD
Municipalidad de Godoy Cruz
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40° Aniversario de la Gesta de Malvinas
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE GODOY CRUZ
ORDENA
ARTÍCULO 1:
Crease el FONDO BONOS GODOY CRUZ SVS, que podrá ser integrado con el
remanente que produzca la generación de energía de los distintos proyectos y/o con los importes
que surjan del producido neto de la colocación de estos instrumentos en el mercado de capi
tales y
consecuentemente autorizase al Departamento Ejecutivo a hacer uso del crédito en PESOS, con
destino a la emisión de letras y/o Bonos bajo los lineamientos de
BONOS SVS (sociales, verdes y
sustentables ) GODOY CRUZ
, por un valor nominal que en circu
lación no podrá superar en ningún
momento la suma de pesos TRESCIENTOS MILLONES ($300.000.000,00) más lo que resulte
necesario para afrontar el pago de intereses, comisiones, y/o cualquier otro gasto inherente o
relacionado con la misma de acuerdo a las co
ndiciones contractuales que se convengan,
facultándolo para establecer la oportunidad de su emisión, las condiciones contractuales, selección
de el/los proyectos elegibles para captar capitales o recuperar la inversión, la suscripción de los
contratos, con
venios y/o documentos que fueren necesarios instrumentar vinculadas con la
autorización de uso del crédito respectivo. Las erogaciones que resulten necesarias para afrontar el
pago de intereses, comisiones y /o cualquier otro gasto inherente o relacionado
con la misma serán
afrontados con las rentas generales del municipio.
ARTÍCULO 2:
Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la toma del
crédito, autorizase al Departamento Ejecutivo a afectar en garantía y/o ceder los fondos de
rent
as generales, plazos fijos y/u otros instrumentos financieros líquidos, en garantía del pago
de renta y amortización de las letras y/o bonos, estando autorizado para solicitar aperturas de
cuentas corrientes especiales y la celebración de todo tipo de cont
rato a tales fines.
ARTÍCULO 3:
Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar los procedimientos y
contrataciones y suscribir la documentación necesaria a fin de dar cumplimiento a los artículos
precedentes, para que por sí o por terceros, actúe en la instrumentación, regist
ro, difusión,
cotización, negociación y pago de las obligaciones autorizado en esta Ordenanza, incluyendo
las presentaciones requeridas por los organismos pertinentes a efectos que las Letras y/o
Bonos listen en el panel SVS de BYMA, y cuenten con autoriza
ción de listado y negociación en
los mercados autorizados del país.
ARTÍCULO 4:
La presente Ordenanza comienza a regir a partir del 1 de enero de 2023.
ARTÍCULO 5:
Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al registro municipal respectivo,
publíquese y
cumplido archívese.
PL
DADA EN
CENTRO DE FORMACIÓN PROFESIONAL SARMIENTO
, EN SESIÓN EXTRAORDINARIA
DEL DÍA VEINTISEIS DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS
Secretaría Administrativa
HCD
Municipalidad de Godoy Cruz
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