image/svg+xml2022 -Año de Homenaje40° Aniversario de la Gesta de MalvinasORDENANZA N° 7303 /2022VISTO:El Expte. Nº 2022-002216-I1-GC, caratulado; SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE-CONVENIO DONACIÓN MUNICIPALIDAD DE GODOY CRUZ --ESTABLECIMIENTOCAMPANA S.A.CONSIDERANDO:Que por las presentes actuaciones el Departamento Ejecutivo a través de la Secretaria de Ambiente y Desarrollo sustentable, eleva al Cuerpo Convenio firmado entre la MUNICIPALIDAD DE GODOY CRUZ, ad referéndum del Concejo Deliberante conforme arts. 71 inciso 4º, art. 75, correlativos y concordantes de la Ley Nº 1079; por una parte y por la otra ESTABLECIMIENTOS CAMPANA S.A., representada por Adrián Domingo, Campana DNI Nº 14.009.642Que en el mencionado convenio la DONANTE se compromete a otorgar en Donación con Cargo, en los términos del art. 1562 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación, a LA DONATARIA, la cual se compromete a aceptarla, las fracciones del inmueble de propiedad del DONANTE, identificado bajo elpadrón municipal 19624, N.C. 050208002600000600009, ubicado en calle Sarmiento 2470, Departamento de Godoy CruzQue en su artículo 3 se establecen las obligaciones del donante como el compromiso a efectuar la “donación con cargo” de las superficies correspondientes a apertura de calles. Las mismas se realizarán de acuerdo a las ordenanzas municipales N° 6233/2013 referente a calle Azul, 6234-2013 referente a calle Matheu y 5610/2008 referente a calle Vandor y Preciado; las mismas conforme afecta al padrón en referencia, y son determinadas en el proyecto denominado “mensura y fraccionamiento” anexo al presente convenio, elaborado por la Municipalidad de Godoy Cruz., en una superficie aproximada de 1650.85 m2polígono calle Azul Sur, 1682.31m2 polígono calle Azul Norte, 205.86 m2polígono calle Sarmiento Oeste, 120.92 m2polígono calle Sarmiento Este, haciendo un totalde 3659.94 m2.afectado a apertura de calles según ordenanzas vigentes. Realizando la “donación con cargo” de la superficie que el Municipio usará para el desarrollo de proyecto municipal de vivienda social para clase media, denominado fracción B determinadas en el proyecto denominado “mensura y fraccionamiento” anexo al presente convenio, elaborado por la Municipalidad de Godoy Cruz. Consistente en 3.002.08 m2.Que el artículo 4 establece las obligaciones de la donataria, como son el compromiso de efectuar el desarrollo del proyecto de fraccionamiento y asumir los gastos, sellados y aforos correspondientes, con fecha límite de 120 días a contar a partir del presente convenio. Ejecutar in situ y bajo costo propio las obras necesarias para la demarcación y apertura de calles. Ejecutar las obras necesarias para realizar el cajón estructural y nivelación general de calzadas, comprendiendo los siguientes trabajos:Replanteo y limpieza = nivelación calle.Perfilado, Movimiento suelo = remoción y compactación decalle con aporte de material.Base estabilizada para calles.Secretaría AdministrativaHCDMunicipalidad de Godoy CruzRivadavia 448-Godoy Cruz +54-261-4133051/53www.godoycruz.gob.ar
image/svg+xml2022 -Año de Homenaje40° Aniversario de la Gesta de MalvinasRetiro de material sobrante.Apertura, enripiado y compactación de calles espesor = 0,15m.Cordón = construcción Hº 350 kg/m3.Banquina = construcción H°350kg/m3.Alumbrado publicoTodo ello deberá ser realizado con el consentimiento y coordinación de los propietarios para coordinar obras necesarias de acuerdo a la urbanizaciones futuras, los trabajos mencionados se ejecutaran sin demolición del perímetro existente en los sectores que presente buen estado de seguridad hacia la vía pública, hasta tanto se inicie la comercialización y venta de fracciones, circunstancia en la que los compradores realizarán, por su cuenta, la demolición de cierres existentes, las terminaciones de las obras mencionadas para la apertura de las calles y la ejecución de nuevos cierres perimetrales.1.Demoler o ejecutar soluciones constructivas en los sectores ubicados en el perímetro del polígono de mensura denominados “cierres perimetrales materializados en adobe” que sean identificado por la donataria como “riesgosos a la seguridad y a la vía pública”2.Realizar de manera periódica y permanente, durante un periodo de 4 años a partir de la rúbrica del presente convenio, la limpieza, desmalezado, desratización del padrón en referencia, pudiendo la donataria realizar rondas de seguridad en el sector para dar avisos a las fuerzas de seguridad ante alguna posible ocupación clandestina del terreno privado.3.Gestionar ante el Honorable Concejo Deliberante la condonación de la deuda por Tasas Municipales y multas que posee el Padrón objeto de la presente donación. Y al mismo tiempo, eximir de dichas tasas durante el periodo de 5 años a partir de la rúbrica del presente convenio a lasfracciones resultantes.4.Eximir de intimaciones y apremios por muros perimetrales y situaciones constructivas irregulares a las fracciones resultantes, durante el periodo de 5 años a partir de la rúbrica del presente convenio.5.Se prevé el otorgamiento deun subsidio por desarraigo para que la donante genere la reubicación de la persona ocupante de la vivienda existente.Que el artículo 2 del Convenio establece que el mismo está sujeto a la ratificación del Honorable Concejo Deliberante y que cuando esto ocurra, el donante formalizará la entrega de la posesión legal de las fracciones del inmueble que se donan, identificadas en el precedente artículo Primero, con la exclusiva finalidad de que la superficie donada con cargo, sea destinada a apertura de calles afectadas por ordenanzas municipales y la realización de un desarrollo de vivienda con fines sociales para clase media.-Que atento a lo expuesto se estima procedente ratificar en todas sus partes el Convenio mencionado.Secretaría AdministrativaHCDMunicipalidad de Godoy CruzRivadavia 448-Godoy Cruz +54-261-4133051/53www.godoycruz.gob.ar
image/svg+xml2022 -Año de Homenaje40° Aniversario de la Gesta de MalvinasEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GODOY CRUZORDENAARTÍCULO 1:Refréndase y ratifícase en todas sus partes el Convenio firmado entre la MUNICIPALIDAD DE GODOY CRUZ, por una parte y por la otra ESTABLECIMIENTOS CAMPANA S.A., representada por Adrián Domingo, Campana DNI Nº 14.009.642 por la que este último se compromete a otorgar en Donación con Cargo, en los términos del art. 1562 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación, a LA DONATARIA, la cual se compromete a aceptarla, las fracciones delinmueble de propiedad del DONANTE, identificado bajo el padrón municipal 19624, N.C. 050208002600000600009, ubicado en calle Sarmiento 2470, Departamento de Godoy Cruz.ARTÍCULO 2:Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al registro municipal respectivo, publíquese y cumplido archívese.MCDADA EN SALA DE SESIONES, EN SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL DÍA DOCE DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.Secretaría AdministrativaHCDMunicipalidad de Godoy CruzRivadavia 448-Godoy Cruz +54-261-4133051/53www.godoycruz.gob.ar