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2022
-
Año de Homenaje
40° Aniversario de la Gesta de Malvinas
ORDENANZA N° 7301/2022
VISTO:
El Expte. Nº 2022
-
002167/I1GC, caratulado: PLANIFICACION URBANA
-
MODIFICACION
ORDENANZA 6589/16 MAYOR APROVECHAMIENTO DEL SUELO URBANO.
CONSIDERANDO:
Que
mediante la Ordenanza N° 6589/2016 se crea un régimen especial para la autorización de
un mayor aprovechamiento del suelo respecto de aquellos proyectos de edificación de
particulares que requieran un mayor índice en los Indicadores Urbanos de FOS (Factor
de
Ocupación del Suelo), FOT (Factor de Ocupación Total) y Alturas Máximas establecidos en la
ordenanza N° 5924/11.
-
Que la citada norma en su artículo 9º, prevé que, cumplido cierto periodo desde su aplicación
se efectuará una evaluación de los resultado
s, con el objeto de ampliar su implementación a
otras zonas urbanas aptas del Departamento.
Que el Departamento de Godoy Cruz, ha evidenciado un crecimiento urbano sostenido a lo
largo de los últimos 6 años.
Que se considera que toda la zona de la trama
urbana del Departamento, posee buena
infraestructura y servicios, lo cual permite incentivar la construcción y lograr densificarlos.
Que según la Ley Nº 8051 de Ordenamiento Territorial y Usos del Suelo, Ley Nº 8.999 Plan
Provincial de Ordenamiento Territ
orial y el Plan Municipal de Ord. Territorial (Ord. 6876/18)
que establecen densificar áreas urbanas, permiten la construcción de viviendas en el territorio,
dando solución al déficit habitacional. Así mismo se establece la necesidad de potenciar los
Nodos
de desarrollo urbanísticos; que son polos de desarrollo localizados en áreas
actualmente deprimidas o con necesidad de potenciar según lo propuesto en el Modelo
Deseado y Plan Municipal de ordenamiento territorial Ord. N.º 6876/18. Los nodos tienen por
ob
jetivo impulsar un equilibrio territorial en la distribución de las actividades y servicios del
Departamento de Godoy Cruz, descentralizar actividades, servicios y flujos, poner en valor
centros urbanos comerciales, dotar de infraestructuras y equipamiento
s conforme a las
necesidades de cada área, puesta en valor del patrimonio cultural tangible e intangible.
Que del análisis efectuado por la Dirección de Planificación Urbana, surge la conclusión de
elevar un proyecto destinado a modificar la Ordenanza N.º
6589/16, dado que considera
conveniente permitir densificar la zona urbana de Godoy Cruz.
Que la modificación a la Ord. 6589/16, redundará, además, en un aporte urbanístico y
ambiental para el Departamento de Godoy Cruz.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCE
JO DELIBERANTE DE GODOY CRUZ
Secretaría Administrativa
Rivadavia 448
-
Godoy
www.godoycruz.gob.ar
HCD
Cruz +54
-
261
-
4133051/53
Municipalidad de Godoy Cruz
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2022
-
Año de Homenaje
40° Aniversario de la Gesta de Malvinas
ORDENA
ARTÍCULO 1:
Modificase el artículo 4º de la Ordenanza 6589/16, el que quedará redactado
de la siguiente manera:
“Se permite el aumento de los Indicadores Urbanos y las alturas en toda la zona urbana de
Godoy Cruz, según se especifica a
continuación:
a)
Se permite en Zona Residencial (R1, R2, R3, R4, R5) solicitar aumento en la altura
permitida alcanzando en estas zonas hasta una altura máxima de 12,00 mts. Así mismo
deberá solicitarse adherir a la ordenanza de construcciones sustentables
7054/20 y
alcanzar como mínimo la categoría IV de sustentabilidad establecida en dicha
ordenanza. De esta forma en la zona residencial (R1, R2, R3, R4, R5) es plausible
alcanzar además de los aumentos en los indicadores urbanos, los beneficios de
descuento
s en aforos en construcción y bonificación en el servicio a la propiedad raíz.
PARCELA
INDICADORES URBANOS
Altura
máxima
F.O.S máx
FOT máx
100 a 500m2.
0,7
2,81
501m2 a 1000m2
0,65
2,61
12,00 mts
1001m2. en adelante
0,6
2,41
Categoría
Const.
Sustentable
IV
b)
Se permite en Zona Residencial Mixta y R6: solicitar aumentos en las alturas
permitidas alcanzando los 24 mts y hasta una altura máxima
de 30,00 mts. Así mismo
deberá solicitarse adherir a la ordenanza de construcciones sustentables 7054/20 y
alcanzar como mínimo la categoría III de sustentabilidad establecida en dicha
ordenanza. De esta forma en la zona Residencial Mixta y R6 es plausibl
e alcanzar
además de los aumentos en los indicadores urbanos, los beneficios de descuentos en
aforos en construcción y bonificación en el servicio a la propiedad raíz.
Indicadores Urbanos para 24.00 mts:
PARCELA
INDICADORES URBA
NOS
Altura
máxima
F.O.S máx
FOT máx
100 a 500m2.
0,80
6,40
501m2 a 1000m2
0,75
6,00
24,00 mts
1001m2. en adelante
0,70
5,60
Categoría
Const.
Sustentable
III
Secretaría Administrativa
Rivadavia 448
-
Godoy
www.godoycruz.gob.ar
HCD
Cruz +54
-
261
-
4133051/53
Municipalidad de Godoy Cruz
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2022
-
Año de Homenaje
40° Aniversario de la Gesta de Malvinas
Indicadores Urbanos para 30.00 mts:
PARCELA
INDICADORES URBANOS
Altura
máxima
F.O.S máx
FOT máx
100 a 500m2.
0,80
8,00
501m2 a 1000m2
0,75
7,50
30,00 mts
1001m2. en adelante
0,70
7,00
Categoría
Const.
Sustentable
III
c)
Se permite en Zona Comercial Mixta: solicitar aumentos en las alturas permitidas
alcanzando los 30,00 mts; 40,00 mts y hasta altura máxima de 50,00 mts. Así mismo
deberá solicitarse adherir a la ordena
nza de construcciones sustentables 7054/20 y
alcanzar como mínimo la categoría III de sustentabilidad establecida en dicha
ordenanza, para el caso de optar por una altura de 30mts, para el caso de optar por
una altura de 40,00 mts. deberá alcanzar la categ
oría II de sustentabilidad. y para el
caso de optar por una altura de 50,00 mts. deberá alcanzar la categoría I de
sustentabilidad. De esta forma en la zona Comercial Mixta es plausible alcanzar
además de los aumentos en los indicadores urbanos, los benefi
cios de descuentos en
aforos en construcción y bonificación en el servicio a la propiedad raíz.
Indicadores Urbanos para 30.00 mts:
PARCELA
INDICADORES URBANOS
Altura
máxima
F.O.S máx
FOT máx
100 a
500m2.
0,80
8,00
501m2 a 1000m2
0,75
7,50
30,00 mts
1001m2. en adelante
0,70
7,00
Indicadores Urbanos para 40.00 mts:
Categoría Const.
Sustentable
III
PARCELA
INDICADORES URBANOS
Altura
máxima
F.O.S máx
FOT máx
100 a 500m2.
0,75
9,75
501m2 a 1000m2
0,70
9,10
40,00 mts
1001m2. en adelante
0,65
8,45
Categoría Const.
Sustentable
II
Secretaría Administrativa
Rivadavia 448
-
Godoy
www.godoycruz.gob.ar
HCD
Cruz +54
-
261
-
4133051/53
Municipalidad de Godoy Cruz
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2022
-
Año de Homenaje
40° Aniversario de la Gesta de Malvinas
Indicadores Urbanos para 50,00
mts:
PARCELA
INDICADORES URBANOS
Altura
máxima
F.O.S máx
FOT máx
100 a 500m2.
0,75
12,00
501m2 a 1000m2
0,70
11,00
50,00 mts
1001m2. en adelante
0,65
10,00
Categoría
Const.
Sustentable
I
c)
Se permite en Zona Comercial solicitar aumentos en las alturas permitidas alcanzando
los 40,00 mts, hasta una altura máxima de 50,00 mts. Así mismo deberá solicitarse
adherir a la ordenanza de
construcciones sustentables 7054/20 para el caso de optar
por una altura de 40,00 mts., deberá alcanzar la categoría II de sustentabilidad. y para
el caso de optar por una altura de 50,00 mts. deberá alcanzar la categoría I de
sustentabilidad establecida e
n dicha ordenanza. De esta forma en la zona Comercial es
plausible alcanzar además de los aumentos en los indicadores urbanos, los beneficios
de descuentos en aforos en construcción y bonificación en el servicio a la propiedad
raíz.
PARCELA
INDICADORES URBANOS
Altura
máxima
F.O.S máx
FOT máx
100 a 500m2.
0,75
9,75
501m2 a 1000m2
0,70
9,10
40,00 mts
1001m2. en adelante
0,65
8,45
Indicadores Urbanos para
50,00 mts:
Categoría Const.
Sustentable
II
PARCELA
INDICADORES URBANOS
Altura
máxima
F.O.S máx
FOT máx
100 a 500m2.
0,75
12,00
501m2 a 1000m2
0,70
11,00
50,00 mts
1001m2. en adelante
0,65
10,00
Categoría Const.
Sustentable
I
d)
En Ejes Residenciales Especiales
deberá solicitarse adherir a la ordenanza de
Secretaría Administrativa
Rivadavia 448
-
Godoy
www.godoycruz.gob.ar
HCD
Cruz +54
-
261
-
4133051/53
Municipalidad de Godoy Cruz
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2022
-
Año de Homenaje
40° Aniversario de la Gesta de Malvinas
construcciones sustentables 7054/20 y alcanzar como
mínimo la categoría I
de
sustentabilidad
establecida en dicha ordenanza.
a)
Carácter
: Zona de conformación lineal destinada al uso predominantemente
residencial multifamiliar.
b)
Tipo de edificación
: Edificación sin basamento, torres de perímetro libre, con retiro frontal y
posterior
igual o mayor a 7.00 mts. (siete metros), en cuanto a retiros laterales se deberá
aplicar la fórmula de acuerdo a Ord. Nº 5519/07.
Para alturas mayores a 30.00 mts, (treinta metros) se deberá aplicar la siguiente fórmula: 4+
h/10 >= 7.00 m (siete metros)
c)
Alturas Máximas Permitidas
: Ejes Residenciales Especiales.
PARCELA
INDICADORES URBANOS
Altura
máxima
F.O.S máx
FOT máx
100 a 500m2.
0,75
12,00
501m2 a 1000m2
0,70
11,00
50,00 mts
1001m2. en adelante
0,65
10,00
Categoría Const.
Sustentable
I
En los Ejes Residenciales Especiales no se solicitará corazón de manzana, el espacio libre en
planta baja (FOS restante) deberá tener como
mínimo 80% (ochenta por ciento) de suelo
absorbente.
f)
Nodos urbanísticos de desarrollo:
En cada uno de los Nodos urbanísticos de desarrollo, es posible solicitar aumentos en las
alturas permitidas alcanzando los 40,00 mts, de altura máxima. Así mismo
deberá
solicitarse adherir a la ordenanza de construcciones sustentables 7054/20 para el caso de
optar por una altura de 40,00 mts., deberá alcanzar la categoría II de sustentabilidad. De
esta forma en las áreas identificadas como Nodos urbanísticos de des
arrollo es plausible
alcanzar además de los aumentos en los indicadores urbanos, los beneficios de descuentos
en aforos en construcción y bonificación en el servicio a la propiedad raíz.
Indicadores Urbanos para 40.00 mts: Nodos urbanísticos de Desarrollo
PARCELA
INDICADORES URBANOS
Altura
máxima
F.O.S máx
FOT máx
100 a 500m2.
0,75
9,75
501m2 a 1000m2
0,70
9,10
40,00 mts
1001m2. en adelante
0,65
8,45
Categoría Const.
Sustentable
II
Secretaría Administrativa
Rivadavia 448
-
Godoy
www.godoycruz.gob.ar
HCD
Cruz +54
-
261
-
4133051/53
Municipalidad de Godoy Cruz
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2022
-
Año de Homenaje
40° Aniversario de la
Gesta de Malvinas
ARTÌCULO 2
: Modificase el artículo 5º de la Ordenanza 6589/16, el que quedará redactado de
la siguiente manera:
ARTICULO 5º: Cálculo Contribución compensatoria.
El cálculo de la contribución compensatoria se efectuará sobre el exced
ente autorizado
utilizando un precio base por metro cuadrado que será definido tomando como referencia
tasaciones actuales de mercado realizadas por profesionales y/o instituciones acreditadas en
la materia. Para la determinación de la compensación económi
ca se computará el 100% (cien
por ciento) de la superficie cubierta involucrada. Este cálculo estará a cargo de la Autoridad de
aplicación. Para el caso de haber trascurrido un plazo mayor a 90 días corridos desde la
determinación de la contribución compen
satoria sin que se haya suscrito el convenio, se
deberá actualizar el monto de la misma al momento de su firma, de acuerdo a un valor de
referencia a convenir entre las partes.
ARTÍCULO 3:
Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al registro municipal
respectivo,
publíquese y cumplido archívese.
MC
DADA EN SALA DE SESIONES, EN SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL DÍA DOCE DE DICIEMBRE DEL
AÑO DOS MIL VEINTIDOS.
Secretaría Administrativa
Rivadavia
448
-
Godoy
www.godoycruz.gob.ar
HCD
Cruz +54
-
261
-
4133051/53
Municipalidad de Godoy Cruz