image/svg+xml2022 -Año de Homenaje40° Aniversario de la Gesta de MalvinasORDENANZA N° 7301/2022VISTO:El Expte. Nº 2022-002167/I1GC, caratulado: PLANIFICACION URBANA -MODIFICACION ORDENANZA 6589/16 MAYOR APROVECHAMIENTO DEL SUELO URBANO.CONSIDERANDO:Que mediante la Ordenanza N° 6589/2016 se crea un régimen especial para la autorización de un mayor aprovechamiento del suelo respecto de aquellos proyectos de edificación de particulares que requieran un mayor índice en los Indicadores Urbanos de FOS (Factor de Ocupación del Suelo), FOT (Factor de Ocupación Total) y Alturas Máximas establecidos en la ordenanza N° 5924/11.-Que la citada norma en su artículo 9º, prevé que, cumplido cierto periodo desde su aplicación se efectuará una evaluación de los resultados, con el objeto de ampliar su implementación a otras zonas urbanas aptas del Departamento.Que el Departamento de Godoy Cruz, ha evidenciado un crecimiento urbano sostenido a lo largo de los últimos 6 años.Que se considera que toda la zona de la trama urbana del Departamento, posee buena infraestructura y servicios, lo cual permite incentivar la construcción y lograr densificarlos.Que según la Ley Nº 8051 de Ordenamiento Territorial y Usos del Suelo, Ley Nº 8.999 Plan Provincial de Ordenamiento Territorial y el Plan Municipal de Ord. Territorial (Ord. 6876/18) que establecen densificar áreas urbanas, permiten la construcción de viviendas en el territorio, dando solución al déficit habitacional. Así mismo se establece la necesidad de potenciar los Nodosde desarrollo urbanísticos; que son polos de desarrollo localizados en áreas actualmente deprimidas o con necesidad de potenciar según lo propuesto en el Modelo Deseado y Plan Municipal de ordenamiento territorial Ord. N.º 6876/18. Los nodos tienen por objetivo impulsar un equilibrio territorial en la distribución de las actividades y servicios del Departamento de Godoy Cruz, descentralizar actividades, servicios y flujos, poner en valor centros urbanos comerciales, dotar de infraestructuras y equipamientos conforme a las necesidades de cada área, puesta en valor del patrimonio cultural tangible e intangible.Que del análisis efectuado por la Dirección de Planificación Urbana, surge la conclusión de elevar un proyecto destinado a modificar la Ordenanza N.º6589/16, dado que considera conveniente permitir densificar la zona urbana de Godoy Cruz.Que la modificación a la Ord. 6589/16, redundará, además, en un aporte urbanístico y ambiental para el Departamento de Godoy Cruz.POR ELLO:EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GODOY CRUZSecretaría AdministrativaRivadavia 448-Godoywww.godoycruz.gob.arHCDCruz +54-261-4133051/53Municipalidad de Godoy Cruz
image/svg+xml2022 -Año de Homenaje40° Aniversario de la Gesta de MalvinasORDENAARTÍCULO 1:Modificase el artículo 4º de la Ordenanza 6589/16, el que quedará redactado de la siguiente manera:“Se permite el aumento de los Indicadores Urbanos y las alturas en toda la zona urbana deGodoy Cruz, según se especifica a continuación:a)Se permite en Zona Residencial (R1, R2, R3, R4, R5) solicitar aumento en la altura permitida alcanzando en estas zonas hasta una altura máxima de 12,00 mts. Así mismo deberá solicitarse adherir a la ordenanza de construcciones sustentables 7054/20 y alcanzar como mínimo la categoría IV de sustentabilidad establecida en dicha ordenanza. De esta forma en la zona residencial (R1, R2, R3, R4, R5) es plausible alcanzar además de los aumentos en los indicadores urbanos, los beneficios de descuentos en aforos en construcción y bonificación en el servicio a la propiedad raíz.PARCELAINDICADORES URBANOSAlturamáximaF.O.S máxFOT máx100 a 500m2.0,72,81501m2 a 1000m20,652,6112,00 mts1001m2. en adelante0,62,41CategoríaConst.SustentableIVb)Se permite en Zona Residencial Mixta y R6: solicitar aumentos en las alturas permitidas alcanzando los 24 mts y hasta una altura máximade 30,00 mts. Así mismo deberá solicitarse adherir a la ordenanza de construcciones sustentables 7054/20 y alcanzar como mínimo la categoría III de sustentabilidad establecida en dicha ordenanza. De esta forma en la zona Residencial Mixta y R6 es plausible alcanzar además de los aumentos en los indicadores urbanos, los beneficios de descuentos en aforos en construcción y bonificación en el servicio a la propiedad raíz.Indicadores Urbanos para 24.00 mts:PARCELAINDICADORES URBANOSAlturamáximaF.O.S máxFOT máx100 a 500m2.0,806,40501m2 a 1000m20,756,0024,00 mts1001m2. en adelante0,705,60CategoríaConst.SustentableIIISecretaría AdministrativaRivadavia 448-Godoywww.godoycruz.gob.arHCDCruz +54-261-4133051/53Municipalidad de Godoy Cruz
image/svg+xml2022 -Año de Homenaje40° Aniversario de la Gesta de MalvinasIndicadores Urbanos para 30.00 mts:PARCELAINDICADORES URBANOSAlturamáximaF.O.S máxFOT máx100 a 500m2.0,808,00501m2 a 1000m20,757,5030,00 mts1001m2. en adelante0,707,00CategoríaConst.SustentableIIIc)Se permite en Zona Comercial Mixta: solicitar aumentos en las alturas permitidas alcanzando los 30,00 mts; 40,00 mts y hasta altura máxima de 50,00 mts. Así mismo deberá solicitarse adherir a la ordenanza de construcciones sustentables 7054/20 y alcanzar como mínimo la categoría III de sustentabilidad establecida en dicha ordenanza, para el caso de optar por una altura de 30mts, para el caso de optar por una altura de 40,00 mts. deberá alcanzar la categoría II de sustentabilidad. y para el caso de optar por una altura de 50,00 mts. deberá alcanzar la categoría I de sustentabilidad. De esta forma en la zona Comercial Mixta es plausible alcanzar además de los aumentos en los indicadores urbanos, los beneficios de descuentos en aforos en construcción y bonificación en el servicio a la propiedad raíz.Indicadores Urbanos para 30.00 mts:PARCELAINDICADORES URBANOSAlturamáximaF.O.S máxFOT máx100 a 500m2.0,808,00501m2 a 1000m20,757,5030,00 mts1001m2. en adelante0,707,00Indicadores Urbanos para 40.00 mts:Categoría Const.SustentableIIIPARCELAINDICADORES URBANOSAlturamáximaF.O.S máxFOT máx100 a 500m2.0,759,75501m2 a 1000m20,709,1040,00 mts1001m2. en adelante0,658,45Categoría Const.SustentableIISecretaría AdministrativaRivadavia 448-Godoywww.godoycruz.gob.arHCDCruz +54-261-4133051/53Municipalidad de Godoy Cruz
image/svg+xml2022 -Año de Homenaje40° Aniversario de la Gesta de MalvinasIndicadores Urbanos para 50,00 mts:PARCELAINDICADORES URBANOSAlturamáximaF.O.S máxFOT máx100 a 500m2.0,7512,00501m2 a 1000m20,7011,0050,00 mts1001m2. en adelante0,6510,00Categoría Const.SustentableIc)Se permite en Zona Comercial solicitar aumentos en las alturas permitidas alcanzando los 40,00 mts, hasta una altura máxima de 50,00 mts. Así mismo deberá solicitarse adherir a la ordenanza de construcciones sustentables 7054/20 para el caso de optar por una altura de 40,00 mts., deberá alcanzar la categoría II de sustentabilidad. y para el caso de optar por una altura de 50,00 mts. deberá alcanzar la categoría I de sustentabilidad establecida en dicha ordenanza. De esta forma en la zona Comercial es plausible alcanzar además de los aumentos en los indicadores urbanos, los beneficios de descuentos en aforos en construcción y bonificación en el servicio a la propiedad raíz.PARCELAINDICADORES URBANOSAlturamáximaF.O.S máxFOT máx100 a 500m2.0,759,75501m2 a 1000m20,709,1040,00 mts1001m2. en adelante0,658,45Indicadores Urbanos para 50,00 mts:Categoría Const.SustentableIIPARCELAINDICADORES URBANOSAlturamáximaF.O.S máxFOT máx100 a 500m2.0,7512,00501m2 a 1000m20,7011,0050,00 mts1001m2. en adelante0,6510,00Categoría Const.SustentableId) En Ejes Residenciales Especialesdeberá solicitarse adherir a la ordenanza deSecretaría AdministrativaRivadavia 448-Godoywww.godoycruz.gob.arHCDCruz +54-261-4133051/53Municipalidad de Godoy Cruz
image/svg+xml2022 -Año de Homenaje40° Aniversario de la Gesta de Malvinasconstrucciones sustentables 7054/20 y alcanzar como mínimo la categoría I de sustentabilidadestablecida en dicha ordenanza.a)Carácter: Zona de conformación lineal destinada al uso predominantemente residencial multifamiliar.b)Tipo de edificación: Edificación sin basamento, torres de perímetro libre, con retiro frontal y posterior igual o mayor a 7.00 mts. (siete metros), en cuanto a retiros laterales se deberá aplicar la fórmula de acuerdo a Ord. Nº 5519/07.Para alturas mayores a 30.00 mts, (treinta metros) se deberá aplicar la siguiente fórmula: 4+ h/10 >= 7.00 m (siete metros)c) Alturas Máximas Permitidas: Ejes Residenciales Especiales.PARCELAINDICADORES URBANOSAlturamáximaF.O.S máxFOT máx100 a 500m2.0,7512,00501m2 a 1000m20,7011,0050,00 mts1001m2. en adelante0,6510,00Categoría Const.SustentableIEn los Ejes Residenciales Especiales no se solicitará corazón de manzana, el espacio libre en planta baja (FOS restante) deberá tener como mínimo 80% (ochenta por ciento) de suelo absorbente.f)Nodos urbanísticos de desarrollo:En cada uno de los Nodos urbanísticos de desarrollo, es posible solicitar aumentos en las alturas permitidas alcanzando los 40,00 mts, de altura máxima. Así mismo deberá solicitarse adherir a la ordenanza de construcciones sustentables 7054/20 para el caso de optar por una altura de 40,00 mts., deberá alcanzar la categoría II de sustentabilidad. De esta forma en las áreas identificadas como Nodos urbanísticos de desarrollo es plausible alcanzar además de los aumentos en los indicadores urbanos, los beneficios de descuentos en aforos en construcción y bonificación en el servicio a la propiedad raíz.Indicadores Urbanos para 40.00 mts: Nodos urbanísticos de DesarrolloPARCELAINDICADORES URBANOSAlturamáximaF.O.S máxFOT máx100 a 500m2.0,759,75501m2 a 1000m20,709,1040,00 mts1001m2. en adelante0,658,45Categoría Const.SustentableIISecretaría AdministrativaRivadavia 448-Godoywww.godoycruz.gob.arHCDCruz +54-261-4133051/53Municipalidad de Godoy Cruz
image/svg+xml2022 -Año de Homenaje40° Aniversario de la Gesta de MalvinasARTÌCULO 2: Modificase el artículo 5º de la Ordenanza 6589/16, el que quedará redactado de la siguiente manera:ARTICULO 5º: Cálculo Contribución compensatoria.El cálculo de la contribución compensatoria se efectuará sobre el excedente autorizado utilizando un precio base por metro cuadrado que será definido tomando como referencia tasaciones actuales de mercado realizadas por profesionales y/o instituciones acreditadas en la materia. Para la determinación de la compensación económica se computará el 100% (cien por ciento) de la superficie cubierta involucrada. Este cálculo estará a cargo de la Autoridad de aplicación. Para el caso de haber trascurrido un plazo mayor a 90 días corridos desde la determinación de la contribución compensatoria sin que se haya suscrito el convenio, se deberá actualizar el monto de la misma al momento de su firma, de acuerdo a un valor de referencia a convenir entre las partes.ARTÍCULO 3:Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al registro municipalrespectivo, publíquese y cumplido archívese.MCDADA EN SALA DE SESIONES, EN SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL DÍA DOCE DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.Secretaría AdministrativaRivadavia 448-Godoywww.godoycruz.gob.arHCDCruz +54-261-4133051/53Municipalidad de Godoy Cruz