image/svg+xml2022 -Año de Homenaje40° Aniversario de la Gesta de MalvinasORDENANZA N°7294 /2022VISTO:El expediente Nº2022-001807/I1-GC, caratulado: DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN URBANA -MODIFICACIÓN ORDENANZA Nº 6875-18 REGULACIÓN DE INSTALACION Y HABILITACIONDE DECKS.CONSIDERANDO:Que las presentes actuaciones el Departamento Ejecutivo eleva a consideración del Cuerpo modificaciones a la Ord. 6875/18 de Regulación y Habilitación Terrazas / deck, y la necesidad de actualizar dicha norma para dar respuesta apedidos de los locales gastronómicos de realizar cierre e iluminación de dichos espacios.Que por las presentes actuaciones la Dirección de Planificación Urbana eleva a consideración del Cuerpo un proyecto destinado a actualizar la regulación y habilitación de Decks en el Departamento.Que la Ord. 6875/18 se encuentra vigente desde el año 2018 e incorporado al Código de Edificación.Que existen comercios que han colocado y/o solicitan el cierre e iluminación de los Decks en la vía pública.Que la autorización, dimensiones y consideraciones técnicas de las terrazas /deck ya se encuentran plasmadas en la mencionada Ord., por lo que es necesario actualizarla, incorporando el Anexo 5 en relación al cerramiento y la Instalación eléctrica de las terrazasdeck.POR ELLO:EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GODOY CRUZ:ORDENAARTÍCULO 1:Incorpórese a la Ordenanza Nº 6875/18 el Anexo 5.ANEXO 5CERRAMIENTO VINÍLICO CON ESTRUCTURA METÁLICA SOBRE DECK EXISTENTESe permite la instalación de la estructura metálica previa presentación de documentación técnica según requerimientos del Municipio.Únicamente se permitirá el cerramiento vinílico vertical y horizontal en temporada invernal desde el 21 de junio al 21 de septiembre de cada año, considerando que fuera del mencionado periodo, la Dirección de Inspección General y Fiscalización procederá a verificar dicho cumplimiento y sujeta a multas y retiro de dichos materiales.Secretaría AdministrativaRivadavia 448-Godoy Cruzwww.godoycruz.gob.arHCD+54-261-4133051/53Municipalidad de Godoy Cruz
image/svg+xml2022 -Año de Homenaje40° Aniversario de la Gesta de Malvinasa)Especificaciones técnicas de la estructura metálica de soporte del cierre a anexar en invierno (21 de junio al 21 de septiembre): Altura máx. de 2,50m, estructura en su totalidad metálica con platinas y tornillos según cálculo para unión al deck, con terminación en color negro o gris oscuro, dejando libre el espacio de vereda de 2m, estipulado en la ORDENANZA 6875/18 y debe cumplir con el reglamento CIRSOC 104/05 respecto a cargas de viento.b)La estructura no deberá obstaculizar el fácil acceso a las rejillas de limpieza reglamentarias.c)Especificaciones técnicas de cerramiento transparente: tipo vinílico en lona cristal de 500 micrones o similar y/o, con terminación en su contorno de lona, color gris claro o crema.d)En el resto del año permitir estructura metálica con la cubierta liviana de sombreo tipo media sombra símil hojas o similar.e)En los locales ubicados en esquina, no se le permitirá realizar el cerramiento vinílico a fin de no obstaculizar las visuales con respecto al tránsito vehicular, pero podrán colocar la estructura metálica con la cubierta liviana de sombreo tipo media sombra símil hojas todo el año.f)Se deberá tener en cuenta no dañar o perjudicar los forestales existentes para la colocación de cualquiera de las partes antes mencionadas.INST. ELÉCTRICASe permite la instalación eléctrica, previo presentación y aprobación de plano eléctrico acorde según requerimientos del Municipio, la cual deberá ajustarse a la normativa vigente, a la Ord 7100-20 U.I.2 INSTALACIONES EN LA VIA PÚBLICA; E III.1.1 NORMAS DE LA DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR; E.III.1.4 INSPECCIÓN Y CONTROL DE LAS OBRAS ELÉCTRICAS; E.III.1.20.7 INSTALACIONES A LA INTEMPERIE; E.III.1.22 MATERIALES PERMITIDOS y a las indicaciones de la Dirección de Obras Particulares.Teniendo en cuenta el tipo de instalación eléctrica y su uso:a)-Se deben colocar circuitos independientes con su protección reglamentaria para destinarlos a energizar decks, no debiendo mezclar estos circuitos con los existentes del local comercial gastronómico y/o vivienda.b)-Los tomacorrientes deberán ser capsulados o aptos para intemperie (con tapa) y colocarlos a una altura no menor a 1.70m de piso terminado.c)-No se permitirá la alimentación subterránea de este tipo de estructura, evitando el paso de conductores bajo vereda, solo se permitirá la suspensión de los conductores eléctricos y/o artefactos de iluminación, tomados a tensores metálicos tendidos entre línea municipal, cuando las construcciones así lo permitan, y estructura metálica del deck o poste con la correspondiente aislación a fin de evitar el contacto de elementos que posean tensión con estructura del deck.CALEFACCIÓN / REFRIGERACIÓNSecretaría AdministrativaHCDMunicipalidad de Godoy CruzRivadavia 448-Godoy Cruzwww.godoycruz.gob.ar+54-261-4133051/53
image/svg+xml2022 -Año de Homenaje40° Aniversario de la Gesta de MalvinasEn el caso que se prevea algún tipo de calefacción o refrigeración, se deberá presentar al municipio las especificaciones técnicas de la misma para su consideración.Deberán presentar los Seguros de Responsabilidad Civil a efectos de cubrir cualquier tipo de daño que puedan producirse a terceros y/o bienes ajenos en el sitio destinado al deck.ARTÍCULO 2:Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al registro municipal respectivo, publíquese y cumplido archívese.C.MDADA EN SALA DE SESIONES, EN SESIÓN ORDINARIA DEL DÍA VEINTIOCHO DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.Secretaría AdministrativaRivadavia 448-Godoy Cruzwww.godoycruz.gob.arHCD+54-261-4133051/53Municipalidad de Godoy Cruz