image/svg+xml2022 -Año de Homenaje40° Aniversario de la Gesta de MalvinasORDENANZA N° 7289/2022VISTO:El Expte. Nº 2022-001048/I1-GC,caratulado: SECRETARIA DESARROLLO HUMANO DONACIÓN DE INMUEBLE CON CARGO A I.P.V. PARA CONSTRUCCIÓN DEL BARRIO 4 DE JULIO SEGUNDA ETAPA; yCONSIDERANDO:Que el objetivo de Desarrollo Sostenible número 11 se refiere a lograr comunidades sostenibles, instando a los gobiernos a “garantizar el acceso de todos a vivienda adecuada, segura y asequible, servicios básicos y mejorar los barrios marginales”.Que una vivienda segura, saludable y con servicios básicos es una necesidad primordial para el bienestar físico, psicológico, social y económico de los ciudadanos, pero fundamentalmente, uno de los derechos esenciales enunciados en nuestra Constitución Nacional, reconocidos en el artículo 14 bis como el “derecho a una vivienda digna”.Que la Municipalidad de Godoy Cruz lleva a cabo desde el año 1.999 una serie de políticas públicas que se enmarcan bajo la denominación “Godoy Cruz sin villas”, con el fin de relocalizar y consolidar asentamientos y construcciones precarias.Que desde el año 2.000, con el programa antes mencionado, se han reducido en un 74% los asentamientos vulnerables, pasando de 23 a 6.Que en conjunto con programas nacionales y provinciales se está avanzando en mejorar las condiciones del hábitat de los vecinos que aún se encuentran en barrios inestables.Que el Instituto Provincial de la Vivienda trabaja articuladamente con el Municipio para poder ejecutar los programas de construcción de viviendas, ya que este último posee un mayor conocimiento del territorio y se prioriza a los beneficiarios, según las necesidades relevadas.Que a los efectos de dar solución habitacional a un grupo 22 familias, se elaboró el proyecto denominado “4 de Julio Segunda Etapa”, ubicado en un inmueble de dominio municipal, emprendimiento elaborado por la Dirección de Hábitat de la Municipalidad de Godoy Cruz y priorizado por el Instituto Provincial de la Vivienda para su ejecución. Dicho inmueble consta de una superficie según Plano de Mensura Parte de Mayor Extensión y Unificación número 05-58121, el que seencuentra visado por la Dirección Provincial de Catastro en el mes de octubre del corriente, de seis mil trescientos setenta y nueve metros setenta y seis decímetros cuadrados (6.379,76 m2 ), ubicado con frente a calle Guyana número 3387, entre calles Trinidad y Tobago y Estados Unidos, Distrito Villa del Parque, Departamento de Godoy Cruz, Provincia de Mendoza. El inmueble de referencia se encuentra inscripto a nombre de la Municipalidad de Godoy Cruz, en las Matrículas SIRC 0300558955, como parte de un título de mayor superficie y 0500575227. Posee Nomenclatura Catastral unificada 05-2510722-6359207-0000-0, Padrón Territorial unificado número 05-735041-7, Padrón Municipal de Godoy Cruz unificado número 802578, con títulos perfectos y libres de gravámenes e inhibiciones. El inmueble fue urbanizado por el Municipio en el marco de adhesión y en cumplimiento del Programa Provincial Mendoza Construye -Línea 1 -Variante 1-del Instituto Provincial de la Vivienda.Secretaría AdministrativaRivadavia 448-Godoy Cruzwww.godoycruz.gob.arHCD+54-261-4133051/53Municipalidad de Godoy Cruz
image/svg+xml2022 -Año de Homenaje40° Aniversario de la Gesta de MalvinasQue para la ejecución de las veintidós (22) viviendas, el mismo solicita la donación del inmueble, para la construcción de viviendas sociales destinadas a familias de bajos recursos.Que por todo lo expuesto, resulta necesario transferir dicho inmueble a título de donación con cargo a favor del Instituto Provincial de la Vivienda, con el objeto de que éste instrumente la construcción de viviendas sociales, en cumplimiento de la normativa referente al Programa Mendoza Construye, Línea 1, Variante 1.POR ELLO:EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GODOY CRUZORDENAARTÍCULO 1:Dónase con cargo al Instituto Provincial de la Vivienda un inmueble constante de una superficie según Plano de Mensura Parte de Mayor Extensión y Unificación número 05-58121, el que se encuentra visado por la Dirección Provincial de Catastro en el mes de octubre del corriente, de seis mil trescientos setenta y nueve metros setenta y seis decímetros cuadrados (6.379,76 m2 ), ubicado con frente a calle Guyana número 3387, entre calles Trinidad y Tobago y Estados Unidos, del lugar denominado Barrio 4 de Julio, II etapa, Distrito Villa del Parque, Departamento de Godoy Cruz, Provincia de Mendoza. El inmueble de referencia se encuentra inscripto a nombre de la Municipalidad de Godoy Cruz, en las Matrículas SIRC 0300558955, como parte de un título de mayor superficie y 0500575227. Posee Nomenclatura Catastral unificada 05-2510722-6359207-0000-0, Padrón Territorial unificado número 05-735041-7, Padrón Municipal de Godoy Cruz unificado número 802578, con títulos perfectos y libres de gravámenes e inhibiciones.ARTÍCULO 2:La donación se efectúa con el cargo de que el donatario destine el inmueble a la construcción de viviendas sociales, de acuerdo a las normas y programas vigentes y transfiera el inmueble a los adjudicatarios.ARTÍCULO 3:La donación estará condicionada a que el inicio de las obras se lleve a cabo en un plazo no mayor a un (1) año a partir de la fecha; y su terminación en un plazo que no podrá exceder los quince (15) meses desde el inicio de la obra, caso contrario el inmueble donado se restituirá al municipio en las condiciones en que se encuentre, sin derecho a reclamo por indemnización alguna.ARTÍCULO 4:Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al registro municipal respectivo, publíquese y cumplido archívese.PLDADA EN PLAZA DEPARTAMENTAL DE GODOY CRUZ, EN SESIÓN ORDINARIA DEL DÍA VEINTIDOS DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOSSecretaría AdministrativaRivadavia 448-Godoy Cruzwww.godoycruz.gob.arHCD+54-261-4133051/53Municipalidad de Godoy Cruz