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2022
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Año de Homenaje
40° Aniversario de la Gesta de Malvinas
ORDENANZA N° 7270/2022
VISTO:
El Expte. Nº 2022
-
000009/H1
-
GC caratulado: CONC. EMILIA MOLINA
-
E/PROYECTO DE
ORDENANZA EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL MUNICIPAL; y
CONSIDERANDO:
Que
por las presentes actuaciones la concejala Emilia Molina del Bloque Frente Cambia
Mendoza eleva el siguiente proyecto de ordenanza de “Evaluación de Impacto Ambiental
Municipal” con el fin de establecer el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental
M
unicipal (EIAM) en el marco de lo estipulado por el título V de la Ley provincial Nº 5.961
aplicable en la jurisdicción del Municipio de Godoy Cruz para todas aquellas obras y/o
actividades, tanto públicas como privadas, que puedan impactar sobre el ambien
te local y sus
recursos.
Que, el Acuerdo de París 2015 sobre el Cambio Climático tiene como finalidad limitar el
calentamiento del planeta «muy por debajo» de los 2°C, cubriendo el periodo posterior a 2020,
y Argentina ratificó cumplir con el mismo.
Que
uno de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) es Ciudades Sostenibles, y una de sus
metas marca: “de aquí a 2030, reducir el impacto ambiental negativo per cápita de las
ciudades, incluso prestando especial atención a la calidad de aire, y la gestión
de los desechos
municipales y de otro tipo”. Como así también se lee otra que dice “redoblar los esfuerzos para
proteger y salvaguardar el patrimonio cultural y natural del mundo”
Que en el marco de la COP26, realizada en la ciudad de Glasgow (Escocia),
los países deben
presentar objetivos de reducción de emisiones para 2030 más ambiciosos; trabajar
concretamente en la eliminación progresiva de la energía basada en el uso del carbón,
implementar uso de vehículos eléctricos, abordar la emisión de metano y
detener la
deforestación; como temas centrales.
Que el Artículo 41 de la Constitución Nacional vela por el derecho de todos los ciudadanos a un
ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades
productivas satisfagan la
s necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones
futuras; y tienen el deber de preservarlo.
Que la Ley Nacional de Presupuestos Mínimos Nº 25675 que acude su interpretación y
aplicación, y la de toda norma a través de la cual se ejecute la
política ambiental, al
cumplimiento de los siguientes principios: de congruencia, prevención, precautorio, equidad
intergeneracional, progresividad, responsabilidad, subsidiariedad, sustentabilidad, solidaridad
y cooperación.
Que la Ley Provincial 5961/92
marca los lineamientos para comprender que la preservación,
conservación y mejoramiento del ambiente abarcan al ordenamiento territorial y la
planificación en los procesos de urbanización e industrialización, tomando suma importancia la
zonificación y los
usos de suelo.
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40° Aniversario de la Gesta de Malvinas
Que la Ley
Provincial 5961/92 define la Evaluación de Impacto Ambiental (E.I.A.) como el
procedimiento destinado a identificar e interpretar, así como a prevenir, las consecuencias o
efectos que acciones o proyectos públicos o privados, puedan causar al equilibrio ec
ológico, al
mantenimiento de la calidad de vida y a la preservación de los recursos naturales existentes en
la Provincia.
Que el Decreto Reglamentario 2109/94 establece los procedimientos de Evaluación de
Impacto Ambiental para las actividades, obras y/o
proyectos.
Que la Municipalidad de Godoy Cruz es miembro de la Red Argentina de Municipios Contra el
Cambio Climático (R.A.M.C.C.) y sus políticas de gestión que tienen por objeto la mitigación y
adaptación del Cambio Climático.
Que el Municipio de Godoy
Cruz realiza el Inventario de Gases de Efecto Invernadero de Godoy
Cruz desde el año 2013 hasta la actualidad; y estableció la realización del Plan Local de Acción
Climática donde se desarrollan todas las estrategias de mitigación y adaptación al Cambio
C
limático de 2018 a 2030.
Que el Plan de reducción de gases de efecto invernadero, llamado “Carbono Neutral”, se
propone disminuir y/o compensar las emisiones per cápita de los godoycruceños con acciones
concretas que se garanticen hacia el año 2030, y deb
emos tomarlo como guía para el análisis y
evaluación de cada proyecto.
Que todas las acciones o proyectos generan un impacto sobre el ambiente, pudiendo ser
positivo o negativo, intentando mitigar la mayor cantidad de efectos de este último.
Que el
desarrollo sustentable contempla la preservación del patrimonio ambiental y cultural; y
el fomento y desarrollo de procesos culturales.
Que es importante incorporar en el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental
Municipal (E.I.A.M.) estrategias de
mitigación y adaptación al cambio climático mediante las
energías renovables, separación de residuos en origen, arquitectura bioclimática y valoración
energética.
Que toda norma ambiental que rija en el territorio nacional, en su contenido, debe prever l
as
condiciones necesarias para garantizar la dinámica de los sistemas ecológicos, mantener su
capacidad de carga y, en general, asegurar la preservación ambiental y el desarrollo sustentable.
Que es significativo vincular el procedimiento de Evaluación de
Impacto Ambiental Municipal
(E.I.A.M.) a la promoción y fomento de energías limpias, a la instalación de
sistemas de
eficiencia energética y las construcciones sustentables.
Que es importante tomar de referencia al Plan Municipal de Ordenamiento Territor
ial y todas
las normas de uso de suelo en las que el mismo se basó, para tener una clara visión de los
posibles impactos ambientales de las obras y actividades en el territorio.
Que es fundamental tomar de referencia normativa vigente sobre fomento de est
rategias
bioclimáticas y de bioconstrucción que aporten a la mejora de la calidad del ambiente.
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Que es fundamental que los informes ambientales sean efectuados por profesionales idóneos
en la temática, con competencia de título para hacerlo.
Que es elemental llevar un control periódic
o de las acciones y/o proyectos declarados en los
informes ambientales, velando por la armonía del entorno, el cuidado de los recursos
naturales y la calidad de vida de los vecinos.
Que es necesario abarcar la temática ambiental desde una perspectiva holí
stica, considerando
el triple impacto de nuestras acciones, siendo fundamental la participación ciudadana,
evaluando el impacto social que un proyecto genera en el entorno.
Que es vital para mantener relaciones armónicas y velar por la buena convivencia,
tener
instancias de participación ciudadana en proyectos de mediana y alta envergadura, evaluando
el impacto social, recogiendo todas las experiencias, dudas, sugerencias y consultas de la
comunidad, pese a no ser vinculantes, enriqueciendo al proyecto.
Q
ue el Municipio de Godoy Cruz promueve la licencia social dando cuenta de un estado
presente que garantiza transparencia y calidad de gestión.
Que la Ley N°25675 General de Ambiente constituye como ejes prioritarios en el
procedimiento de Estudio de Impac
to Ambiental, la participación pública y el acceso a la
información pública ambiental, siendo las consultas y audiencias públicas los mecanismos
previstos en la Ley, para efectivizar el derecho a la participación.
Que es necesario contar con instancias de
participación pública como instrumento indispensable
para conocer a las comunidades y posibilitar expresiones de identidades colectivas.
Que es objetivo de la política ambiental organizar e integrar la formación ambiental y asegurar
el libre acceso de la
población a la misma.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GODOY CRUZ
ORDENA
Capítulo I. Finalidades y Objetivos
ARTÍCULO 1:
Establézcase el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental Municipal
(EIAM) en el marco de lo estipulado por el título V de la Ley provincial Nº 5.961 aplicable en la
jurisdicción del Municipio de Godoy Cruz para todas aquellas obras y/o actividades
, tanto
públicas como privadas, que puedan impactar sobre el ambiente local y sus recursos.
ARTÍCULO 2:
La presente ordenanza tiene como objetivo general la preservación del ambiente en
todo el territorio de Godoy Cruz, a los fines de resguardar el equili
brio ambiental, armonizar los
requerimientos del desarrollo económico con el mejoramiento de la calidad de vida y alcanzar el
desarrollo sostenible municipal; como así también generar instancias de validación ciudadana para
determinar, junto con el impacto
ambiental, el impacto social de la ejecución de
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obras o actividades a desarrollar en ejido municipal.
ARTÍCULO 3:
El procedimiento de E.I.A.M está destinado a:
a. Determinar la factibilidad ambiental y conveniencia de la realización de obras o actividades
a desarrollar en el ejido
municipal.
b. Identificar y valorar los impactos negativos que pudiera producir cualquier obra o actividad
sobre el equilibrio ambiental del Departamento.
c. Definir los lineamientos para eliminar o mitigar los impactos ambientales negativos de las
obras
o actividades realizadas o a realizar, a través de la implementación de mejoras en el
proyecto y/o de medidas correctivas; como así también la incorporación de tecnologías de
innovación para reducir los impactos ambientales negativos.
d. Comparar
alternativas de proyectos o actividades para determinar la más conveniente
desde el punto de vista ambiental.
e. Monitorear los impactos de las obras y actividades en ejecución o ejecutadas, así como la
eficacia de las medidas de control y mitigación impl
ementadas.
f. Informar a la población según el radio de incumbencia del proyecto o actividad a
desarrollarse, siempre que éste/a sea de medio o alto impacto ambiental.
Capítulo II : Definiciones
ARTÍCULO 4:
Se considera impacto ambiental a cualquier alt
eración de las propiedades físicas,
químicas y/o biológicas del ambiente, así como de los componentes del medio urbano,
pudiendo ser afectadas:
a.
La salud, la seguridad y la calidad de vida de la población;
b.
La biota;
c.
La calidad y diversidad de los Recursos
Naturales;
d.
La calidad del suelo;
e.
Los flujos vehiculares;
f.
Los requerimientos de infraestructura y equipamientos urbanos;
g.
Las condiciones estéticas o culturales del ambiente;
h.
Las actividades sociales y económicas;
i.
El patrimonio histórico.
ARTÍCULO 5:
Entién
dase por Evaluación de Impacto Ambiental Municipal (E.I.A.M) al
procedimiento destinado a identificar e interpretar, así como a prevenir, las consecuencias o
efectos que acciones o proyectos públicos o privados, puedan causar al equilibrio ecológico, al
ma
ntenimiento de la calidad de vida y a la preservación de los recursos naturales existentes en
el territorio del departamento de Godoy Cruz.
ARTÍCULO 6:
Se entiende por Evaluación de Impacto Social, al proceso de participación
ciudadana donde intereses, ne
cesidades y preocupaciones prioritarias de vecinos/as son
consideradas dentro de la concreción del proyecto. Siendo las consultas y audiencias públicas,
entre otros mecanismos propuestos por los oferentes, los previstos en la Ley N° 25675 General
del Ambie
nte, para efectivizar el derecho a la participación.
Capítulo II. Autoridad de Aplicación y Alcances
ARTÍCULO 7:
El Departamento Ejecutivo será la Autoridad de Aplicación de la presente
ordenanza a través de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustent
able o aquella que en un
futuro la reemplace.
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ARTÍCULO 8
:
Quedan sometidos al procedimiento de E.I.A.M los proyectos consignados
expresamente en el punto II, del Anexo I de la Ley 5961; toda intervención pública o privada,
referida al desarrollo urbanístico, arquitectónico, turístico, comercial o industrial capa
z de
modificar directa o indirectamente el ambiente, y sea categorizado por la Autoridad de
Aplicación entre los proyectos sujetos al procedimiento de E.I.A.M.
En el A
nexo II de la presente ordenanza
se incluye un listado orientador de obras y actividades
sujetas al procedimiento de E.I.A.M. Quedando a consideración de la Autoridad de Aplicación,
la categorización de obras o proyectos, no contemplados en dicho listado.
ARTÍCULO 9:
Todos las obras o actividades, tanto públicas como privadas, a las cuales l
a
Autoridad de Aplicación categorice como comprendidas dentro del alcance del procedimiento
de E.I.A.M deberán obtener, en forma previa al comienzo de toda obra o actividad la
Declaración de Impacto Ambiental (D.I.A) mediante la resolución correspondiente
expedida
por la Autoridad de Aplicación.
ARTÍCULO 10
:
Todos los organismos de la Administración Municipal que traten los proyectos o
actividades sujetas al procedimiento de E.I.A.M deberán exigir la D.I.A, quedando
expresamente prohibido en el ejido munic
ipal, la autorización de obras y/o actividades que no
hayan cumplido dicho requisito.
ARTÍCULO 11
:
La Autoridad de Aplicación podrá disponer la paralización de las obras o
actividades realizadas sin obtener la D.I.A.
Capítulo III. Procedimiento
ARTÍCULO
12:
Solicitud de Categorización: los interesados en la realización de un proyecto
deberán solicitar a la Autoridad de Aplicación la categorización de la obra y/o actividad,
mediante el Anexo II de la presente ordenanza, junto a la solicitud de permiso de
edificación; o
al trámite de comercio de factibilidad y habilitación de actividad.
La Autoridad de Aplicación determinará la categorización de impacto ambiental a la que
corresponde.
ARTÍCULO 13
:
La Autoridad de Aplicación categorizará a los proyectos pr
esentados como:
a. De Alto Impacto Ambiental
b. De Medio Impacto Ambiental
c. De Bajo Impacto Ambiental
ARTÍCULO 14:
Serán categorizados como proyectos de Alto Impacto Ambiental, aquellos
capaces de producir impactos negativos graves sobre el bienestar d
e las personas, los recursos
naturales o la calidad del ambiente en general.
Serán categorizados como proyectos de Medio Impacto Ambiental, aquellos capaces de
producir impactos negativos de mediana magnitud sobre el bienestar de las personas, los
recurso
s naturales o la calidad del ambiente en general y para los cuales existan medidas
idóneas y eficaces de mitigación.
Serán categorizadas como proyectos de Bajo Impacto Ambiental, aquellos capaces de producir
impactos negativos de baja significación sobre
el bienestar de las personas, los recursos
naturales o la calidad del ambiente en general, y para los cuales existan medidas idóneas y
eficaces de mitigación.
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Capítulo IV. Etapas del procedimiento de E.I.A.M.
ARTÍCULO 15:
El procedimiento de E.I.A.M constará de las siguientes etapas:
a. Solicitud de categorización ambiental mediante Anexo II, correspondiente a la obra o
actividad.
b. Categorización ambiental de la obra o actividad por parte de la Autoridad de Aplicación,
definiendo la magnitud de la misma.
c. Si la obra o actividad es de Alto Impacto Ambiental, el proponente deberá realizar el trámite
ante la Autoridad de Aplicación Provincial, según la Ley 5961. Debiendo presentar la D.I.A
provincial en el expediente mu
nicipal. La Autoridad de Aplicación Municipal participará de
manera activa en la Audiencia Pública.
d. Si la obra o actividad es de Medio Impacto Ambiental, será evaluada mediante un informe
ambiental solicitado al proponente, siendo el mismo un Aviso de
proyecto (AP) o Informe de
Partida (IP) según corresponda.
Los términos de referencia de los informes ambientales están consignados en el Anexo III de la
presente ordenanza y se rigen por el Art.11 y Art. 24 del Decreto Reglamentario Nº2109 de la
Ley N°59
61 e información requerida por la Municipalidad de Godoy Cruz.
La Autoridad de Aplicación, para obras y/o actividades privadas, puede solicitar que el informe
ambiental se remita a una Universidad o Centro de Investigación público o privado, estatal o
no,
provincial, nacional o internacional; a fin de que se confeccione un Dictamen Técnico
externo que enriquezca el análisis del proyecto, quedando a cargo del proponente los costos
que esto implica.
La Autoridad de Aplicación, para obras y/o actividades púb
licas, debe solicitar que el informe
ambiental se remita a una Universidad o Centro de Investigación público o privado, estatal o
no, provincial, nacional o internacional; a fin de que se confeccione un Dictamen Técnico
externo que evalúe y enriquezca el a
nálisis del proyecto, quedando a cargo del proponente los
costos que esto implica.
Así mismo, se podrán solicitar estudios complementarios necesarios para la evaluación de la
actividad, obra y/o proyecto.
e. Si la obra u actividad es de Bajo Impacto Ambi
ental, será evaluada mediante Ficha
Ambiental solicitada al proponente, según Anexo IV de la presente ordenanza.
La Autoridad de Aplicación podrá solicitar adjuntar a la misma una memoria descriptiva del
proyecto a fin de enriquecer el análisis de la obra
u actividad.
En el Anexo I se incluye diagrama de flujo del procedimiento de E.I.A.M.
Capítulo V. Emprendimientos preexistentes
ARTÍCULO 16:
Las obras y/o actividades comprendidas en el alcance de la presente Ordenanza
que a la fecha de su entrada en vigencia se encuentren en operación o en etapa de ejecución,
cuando a criterio de la Autoridad de Aplicación
por oficio o debido a alguna denunci
a,
pudieran
ocasionar impactos negativos al bienestar de las personas, los recursos naturales o la calidad
del ambiente en general deberán presentar en el plazo que para cada caso se establezca un
Informe de Partida de su situación ambiental.
ARTÍCULO 17:
El objetivo del Informe de Partida es identificar y corregir los impactos negativos
derivados de obras y/o actividades que no fueron contemplados durante la elaboración y
evaluación del proyecto.
ARTÍCULO 18:
El Informe de Partida deberá cumplir en lo fo
rmal y lo sustancial con los términos de
referencia definidos en el Art. 24 del Decreto Reglamentario N° 2109/94 de la Ley N°5.961;
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más los términos especificados en el Anexo III de la presente ordenanza.
ARTÍCULO 19:
En caso de que la obra o actividad en cuestión produzca impactos ambientales
que superen los límites admisibles establecidos por la legislación ambiental vigente y aplicable,
la Autoridad de Aplicación emplazará a los responsables a implementar medidas de
corrección
que conduzcan a alcanzar los niveles admisibles.
En caso de no ser posible la corrección de impactos graves, la Autoridad de Aplicación podrá
disponer la paralización de la actividad o la clausura del establecimiento causante de los
impactos.
Capítulo VI. Evaluación de Impacto social
ARTÍCULO 20:
Entiéndase por Evaluación de Impacto Social al proceso de participación
ciudadana en toda aquella instancia donde se ponen en conocimiento y se toman en
consideración las preocupaciones, necesidades
e intereses de la población en relación a la
actividad y/o proyecto a ejecutarse, de manera tal que los impactos sociales sean evaluados al
unísono de los impactos sobre el medio físico
-
natural. Pese a que los mismos no son
vinculantes, tienen el propósi
to de mejorar la calidad de las decisiones de las autoridades, de
las acciones del proponente y contribuir con la mejora del proyecto su operación y gestión.
ARTÍCULO 21:
En el caso de que el proyecto y/o actividad sea catalogada como de Alto
Impacto Ambi
ental, el mecanismo de participación ciudadana previsto por la Ley N°25675
General de Ambiente y la Ley N°5961 es la Audiencia Pública.
ARTÍCULO 22:
En el caso de que un proyecto y/o actividad sea catalogado como Medio
I
mpacto Ambiental, se establecerá, s
iempre que el mismo se encuentre dentro de las zonas
comprendidas como residencial, residencial mixta y/o comercial mixta, y teni
endo en cuenta el
área de incumbencia del mismo, una instancia de
Consulta Pública
mediante talleres
multisectoriales, consulta
virtual, eventos de co
-
creación, mesas de diálogo, visitas puerta a
puerta, comités de monitoreo, mediación o negociación asistida, entre otras herramientas
propuestas y /o elegidas por el proponente y aceptadas por la Autoridad de Aplicación; en las
zona
s aledañas contemplando 500 mts a la redonda, según Anexo II.
Así mismo la Autoridad de Aplicación podrá incorporar una instancia de participación
ciudadana a aquellos proyectos y/o actividades cuando considere necesario y no se encuentre
especificado en
dicho anexo.
ARTÍCULO 23:
Los resultados de la instancia de participación ciudadana y las posiciones
expresadas por la población no son vinculantes para la Autoridad de Aplicación, pero tendrán
por objetivo producir insumos sobre las diversas perspectivas
en relación al entorno y al
proyecto/actividad. La resolución en caso de ser contraria a lo expresado en estas instancias,
debe fundamentarse de modo adecuado, conforme a lo previsto en la Ley 25.675, y hacerse
pública.
ARTÍCULO 24:
Todos los costos y la logística necesaria para realizar la instancia de
participación ciudadana, estarán a cargo del proponente.
Capítulo VII. Responsabilidad Profesional y Registro de Profesionales
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ARTÍCULO 25:
En todos los casos los informes ambientales, Avisos de Proyecto, Informes de
Partida y Manifestación General de Impacto Ambiental, tendrán carácter de Declaración
Jurada y deberán ser suscriptos por el solicitante y el profesional universitario que asuma
la
responsabilidad profesional. Este último, deberá mostrar idoneidad en la materia mediante su
título habilitante de estudios de grado y posgrado
ARTÍCULO 26:
La Autoridad de Aplicación habilitará un Registro Municipal de Consultores
Ambientales, en el que se podrán inscribir aquellas personas físicas y jurídicas que, mediante
título, analítico y experiencia profesional, acrediten tener conocimientos en la mate
ria y
realizar un sólido informe ambiental.
Así mismo, se podrán inscribir
Universidades o Centros de Investigación público o privado,
estatales o no, provinciales, nacionales o internacionales a fines de ser consideradas por la
Autoridad de Aplicación
para la confección del Dictamen Técnico.
Toda esta información estará disponible para la consulta diaria de quienes lo deseen.
ARTÍCULO 27:
La inscripción de profesionales en el Registro requiere de la presentación de la
siguiente documentación en format
o digital
•
DNI, 1ª y 2ª hoja.
•
Analítico Universitario.
•
Título Universitario.
•
Título Posgrado o Especialización (en caso de tenerlo)
Para el caso de personas jurídicas, se requiere la documentación pertinente que muestre la
constitución de la misma y lo
s datos de cada una de las personas que integran la organización.
ARTÍCULO 28:
Cuando la Autoridad de Aplicación considere que el/la profesional actuante no
cumple con todos los puntos del informe ambiental o no mantiene condiciones de idoneidad
debidamente fundados en el documento presentado, emplazará al proponente solicitando la
revisión y rectificación del informe, proceso que se repetirá hasta tres (3) veces. Cumplidas las
debidas notificaciones y presentaciones, si el informe ambiental continúa sin cumplimentar
con lo requerido en la normativa vigente, el/la profesional actuant
e será sancionado/a por la
Autoridad de Aplicación no pudiendo presentar informes ambientales en esta comuna por el
período de 1 (un) año.
ARTÍCULO 29:
Cuando un/a profesional posea inhabilitación profesional originada en el
respectivo Colegio o Consejo P
rofesional y/o Autoridad Administrativa Judicial, la Autoridad de
Aplicación podrá paralizar el estudio de informes que hayan sido presentados o bien no recibir
documentación para la EIAM firmada por ese/a profesional.
Capítulo VIII. Mitigación de Impacto
s Negativos
ARTÍCULO 30:
La Autoridad de Aplicación, podrá solicitar al proponente en las
disposiciones complementarias emitidas en la D.I.A, la implementación de acciones que
tengan como objetivo
contrarrestar los impactos ambientales negativos ocasionad
os,
además de los establecidos en el Plan de Vigilancia Ambiental de cada informe ambiental.
Podrá verificar en cualquier momento, la veracidad de los impactos previstos y la
implementación y efectividad de las medidas de mitigación correspondientes, pudi
endo, en los
casos en que se detecten deficiencias graves, sancionar al proponente y/o suspender el
proyecto o actividad.
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ARTÍCULO 31:
La Autoridad de Aplicación, podrá solicitar para proyectos de mediano y alto
impacto ambiental, una contribución compensatoria ambiental a los fines de
contrarrestar los
impactos negativos ocasionados
, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en la
presente Ordenanza, y el proponente se avenga a realizar una obra compensatoria de carácter
urbanístico, social y/o ambiental.
El cálculo de la con
tribución compensatoria se efectuará sobre el monto de inversión
declarado en el Aviso de proyecto (AP) o Informe de Partida (IP) según corresponda. Este
cálculo estará a cargo de la Autoridad de Aplicación.
La contribución compensatoria será establecida
conforme al convenio de compensación
urbanística, social y ambiental que al efecto se suscriba entre el municipio y el proponente, y
consistirá en la construcción de obras de infraestructura de servicios públicos, espacios verdes,
áreas de recreación y/o e
quipamientos sociales entre otras, cuya inversión resulte equivalente
al monto de la compensación tributaria.
Estas obras serán en defensa y fomento del interés
común, a través de acciones y operaciones destinadas al desarrollo urbano sostenible, al
mejora
miento del espacio público y la calidad urbana y ambiental.
Capítulo IX. Seguimiento y Control
AARTÍCULO
32:
Créase el Libro de Seguimiento y Control de todas las obras y actividades
evaluadas por la Autoridad de Aplicación bajo los términos de esta Orde
nanza. El mismo,
contará con todas las medidas de adaptación y mitigación declaradas por el proponente en el
informe ambiental, como así también, todas las medidas impuestas en la Resolución Ambiental
de la D.I.A.
ARTÍCULO 33:
El Departamento Ejecutivo, a través de las áreas correspondientes, será quien
ejerza el poder de policía en el cumplimiento de toda la información plasmada en el Libro de
Seguimiento y Control.
ARTÍCULO 34:
Toda observación que se desprenda de la inspecc
ión realizada quedará
asentada en el Libro Seguimiento y Control, siendo ésta pasible de apercibimientos o multas
impuestas en el Capítulo X.
Capítul
o X. Aranceles y Sanciones
ARTÍCULO 35:
Aranceles:
Todos los aranceles municipales que deberá abonar el proponente
por el procedimiento de E.I.A.M, están estipulados en la Ordenanza Tarifaria vigente.
ARTÍCULO 36:
Sanciones:
Las infracciones al procedimiento de E.I.A.M, como así también las
infracciones
que se desprendan de inspección de oficio, serán sancionados sujetos al Régimen
Sancionatorio según lo estipulado en la Ordenanza Tarifaria vigente.
a.
Apercibimiento.
b.
Multa.
Según la gravedad del hecho, de acuerdo a los siguientes límites y los que
posteri
ormente fije la ordenanza tarifaria:
b.1 Para proyectos de Bajo Impacto Ambiental de 250 unidades contravencionales (UC)
b.2 Para proyectos de Medio Impacto Ambiental de 500 unidades contravencionales (UC)
En
caso de reincidencia, la multa podrá elevarse
hasta el décuplo del monto determinado.
Constatada la infracción, la Autoridad de Aplicación o el cuerpo de inspectores de las
dependencias municipales involucradas, labrará Acta por el hecho.
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El infractor deberá producir descargo y ofrecer prueba en el término de cinco (5) días
hábiles.
Encontrándose el expediente en estado de resolver, la Autoridad de Aplicación emitirá
Resolución en el plazo de diez (10) días hábiles.
La Resolución emitida, también, podrá ordenar la paralización de las obras y/o actividades
efectuadas, hasta t
anto se pueda resolver el conflicto.
ARTÍCULO 37:
Modifíquese el Artículo 78 de la Ordenanza Tarifaria vigente que quedará
redactado de la siguiente manera:
ARTÍCULO 78: Todo proyecto que suponga la realización de obras o el desarrollo de actividades
capaces de modificar directa o indirectamente el ambiente del territorio de jurisdicción
municipal queda sujeto al Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental según la
Ordenanza de Evaluación de Impacto Ambiental Municipal vigente. a) Derechos de Estu
dio de
Proyecto:
1.
El proponente deberá abonar por los derechos de estudio del proyecto y tasa de actuación
administrativa el uno por mil de inversión total a realizar o realizada, para la puesta en
funcionamiento del emprendimiento.
2.
Si el uno por mil de l
a inversión total, señalado en el punto a)1 es menor a $7.275,60 se
deberá tomar este como mínimo en concepto de estudio del proyecto.
3.
El proyecto categorizado como de Bajo Impacto Ambiental deberá aforar conforme al uno
por mil del monto total de la inve
rsión declarada, en caso de ser menor a $1.237,50 se deberá
tomar éste como mínimo en concepto de estudio del proyecto.
b)
El proponente deberá abonar el 100% de los montos que deba erogar para el pago de los
Dictámenes Técnicos externos (universidades, inst
itutos de investigación, o similares) como así
también de todos los gastos que surjan del estudio de impacto social.
ARTÍCULO 38:
Deróguese la Ordenanza N°4584/00 y cualquier otra norma que se oponga a la
presente norma.
ARTÍCULO 39:
Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al registro municipal
respectivo, publíquese y cumplido archívese.
PL
DADA EN SALA DE SESIONES, EN SESIÓN ORDINARIA DEL DÍA DIECISEIS DE AGOSTO DEL
AÑO DOS MIL VEINTIDOS
Secretaría Administrativa
Rivadavia 448
-
Godoy Cruz
www.godoycruz.gob.ar
HCD
+54
-
261
-
4133051/53
Municipalidad de Godoy Cruz
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image/svg+xml
ANEXO II
Listado orientador de proyectos sometidos a EIAM
PROCEDIMIENTO DE
EIAM
CATEGORIZAC ÓN DEL IMPACTO
ACTIVIDAD
FICHA AMBIENTAL
AVISO DE PROYECTO
BAJO
MEDIO
INSTANCIA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA*
*(Solo aplica para zonas comercial mixta, residencial y residencial mixta)
PROYECTOS
CONSIGNADOS EN EL PUNTO II DEL ANEXO I DE LA LEY 5.961
Emplazamiento de nuevos barrios o ampliaciones de los existentes
✔
✔
✔
Emplazamiento de centros turísticos, deportivos, campamentos y balnearios
✔
✔
✔
Cementerios convencionales y
cementerios parque
✔
✔
✔
Intervenciones edilicias, aperturas de calles y remodelaciones viales
✔
✔
✔
CULTO
Iglesias / Templos / Basílicas / Catedrales
✔
✔
✔
Capillas / Parroquias
<100 personas y/ó <200 m²
>100 personas y/ó >200
m²
<100 personas y/ó <200 m²
>100 personas y/ó >200 m²
No aplica
DEPENDENCIAS ADMINISTRATIVAS
Oficinas estatales
<10 unidades y/ó <400 m²
>10 unidades y/ó >400 m²
<10 unidades y/ó <400 m²
>10 unidades y/ó >400 m²
>20 unidades
Consulados
<10 unidades y/ó <400 m²
>10 unidades y/ó >400 m²
<10 unidades y/ó <400 m²
>10 unidades y/ó >400 m²
>20 unidades
Entidades financieras
< 200m2
>200 m²
< 200m2
>200 m²
>350m2
Asociaciones de comercio e industria
<10 unidades y/ó <400 m²
>10 unidades y/ó
>400 m²
<10 unidades y/ó <400 m²
>10 unidades y/ó >400 m²
>20 unidades
Bancos
✔
✔
✔
Oficinas particulares y estudios (sindicatos,colegios,prepagas,agencia de turismo,otros)
<10 unidades y/ó <400 m²
>10 unidades y/ó >400 m²
<10 unidades y/ó <400 m²
>10 unidades y/ó >400 m²
>20 unidades
SERVICIOS
Estaciones de servicios
✔
✔
✔
Gomerias de servicios
< 200m2
>200 m²
< 200m2
>200 m²
>350m2
Lubricentros
< 200m2
>200 m²
< 200m2
>200 m²
>350m2
Lavaderos de automóviles
< 200m2
>200 m²
< 200m2
>200 m²
>350m2
Estacionamiento de vehículos de transporte y cargas
✔
✔
✔
Playas de estacionamiento / Cocheras colectivas
< 500m2
>500m2
< 500m2
>500m2
No aplica
Talleres mecánicos sin chapería
< 200m2
>200 m²
< 200m2
>200 m²
>350m2
Talleres de chaperías de automóviles
< 200m2
>200 m²
< 200m2
>200 m²
>350m2
Reparaciones de equipos de informática y electronicos
✔
✔
No aplica
Telecomunicaciones, radiocomunicaciones
< 200m2
>200 m²
< 200m2
>200 m²
>350m2
Terminal de remises
<
500m2
>500m2
< 500m2
>500m2
No aplica
Terminal de colectivos
✔
✔
✔
Servicios de emergencia y traslado de automotores
✔
✔
No aplica
Estacionamiento de servicios de emergencias médicas o microbus
✔
✔
No aplica
COMERCIO
Grupo 1:
Productos de consumo agroindustrial
< 200m2
>200m2
< 200m2
>200m2
No aplica
Grupo 2: Productos de consumo urbano
< 100m2
>200m2
< 200m2
>200m2
No aplica
Grupo 3: Centros comerciales, shopping, mall
✔
✔
✔
Grupo 4: Supermercados, autoservicios
✔
✔
✔
Grupo 5: Comercios de consumo barrial
< 200m2
>200m2
< 200m2
>200m2
No aplica
Grupo 6: Corralones
< 200m2
>200m2
< 200m2
>200m2
>350m2
Grupo 7: Drogas e insumos médicos y hospitalarios
< 200m2
>200m2
< 200m2
>200m2
No aplica
Grupo 8: Tintorerías
✔
✔
No aplica
VIVIENDA
Vivienda unifamiliar
✔
✔
No aplica
Propiedad horizontal
<6 unidades y/ó <500 m²
>6 unidades y/ó >500 m²
<6 unidades y/ó <500 m²
>6 unidades y/ó >500 m²
>20 unidades
Residencias, hostel
< 200m2
>200m2
< 200m2
>200m2
>20 unidades
Hoteles
✔
✔
✔
Albergues transitorios
✔
✔
>20 unidades
Apart hotel y cabañas
<6 unidades y/ó <500 m²
>6 unidades y/ó >500 m²
<6 unidades y/ó <500 m²
>6 unidades y/ó >500 m²
>20 unidades
ENSEÑANZA
Nivel inicial
✔
✔
✔
Página 1
image/svg+xml
Enseñanza primaria y/o secundaria
✔
✔
✔
Escuelas técnicas (que producen ruidos u otras molestias)
✔
✔
✔
Institutos y/o talleres de oficios
< 200m2
>200m2
< 200m2
>200m2
No
aplica
Escuela de seguridad y orden público
✔
✔
✔
Enseñanza universitaria / Instituto terciario
< 200m2
>200m2
< 200m2
>200m2
✔
Talleres o academias de arte
< 500m2
>500m2
< 500m2
>500m2
No aplica
Guarderías y jardínes maternales
< 200m2
>200m2
< 200m2
>200m2
No aplica
ASISTENCIA
Centro de salud (sin internacion)
< 200m2
>200m2
< 200m2
>200m2
>350m2
Salas de primeros auxilios (con o sin internación)
<5 camas y/ó <200 m²
>5 camas y/ó >200 m²
<5 camas y/ó <200 m²
>5
camas y/ó >200 m²
>350m2
Clínicas y sanatorios
✔
✔
✔
Hospitales clínicos
✔
✔
✔
Institutos especiales de sanidad y servicio social
< 200m2
>200m2
< 200m2
>200m2
>350m2
Consultorios particulares
< 200m2
>200m2
< 200m2
>200m2
>350m2
Destacamentos y centrales policiales
–
Bomberos
✔
✔
✔
Laboratorios de análisis clínicos
< 200m2
>200m2
< 200m2
>200m2
No aplica
Geriátricos
< 200m2
>200m2
< 200m2
>200m2
No aplica
Veterinaria
< 200m2
>200m2
< 200m2
>200m2
No aplica
CULTURA
Bibliotecas
< 200m2
>200m2
< 200m2
>200m2
No aplica
Museo de Arte
< 500m2
>500m2
< 500m2
>500m2
>500m2
Museos especiales
–
Salas de exposición
–
auditorium
< 500m2
>500m2
< 500m2
>500m2
>500m2
Asociaciones culturales
< 200m2
>200m2
< 200m2
>200m2
No aplica
Teatros
<100 personas y/ó <200 m²
>100 personas y/ó >200 m²
<100 personas y/ó <200 m²
>100 personas y/ó >200 m²
>350m2
ESPARCIMIENTO
Clubes, instituciones deportivas
✔
✔
✔
Clubes barriales
✔
✔
No
aplica
Espacios deportivos de alquiler (canchas de paddle, de futlbol, otros)
✔
✔
No aplica
Cines
<100 personas y/ó <200 m²
>100 personas y/ó >200 m²
<100 personas y/ó <200 m²
>100 personas y/ó >200 m²
>350m2
Locales bailables con o sin
espectáculos
✔
✔
No aplica
Restaurantes y confiterías
<100 personas y/ó <200 m²
>100 personas y/ó >200 m²
<100 personas y/ó <200 m²
>100 personas y/ó >200 m²
>350m2
Circos
–
Parques de diversiones
✔
✔
No aplica
Salones de fiestas
–
Pubs
✔
✔
✔
Gimnasios
< 200m2
>200m2
< 200m2
>200m2
No aplica
Salas de juegos infantiles
<100 personas y/ó <200 m²
>100 personas y/ó >200 m²
<100 personas y/ó <200 m²
>100 personas y/ó >200 m²
>350m2
Pistas de karting
✔
✔
No aplica
DEPOSITOS
Grupo I
A Armerías, combustibles, petróleo, productos químicos y derivados
✔
✔
No aplica
B Subproductos agrícolas y ganaderos sin tratamiento (lana,pelo,cerda, pieles)
✔
✔
No aplica
Grupo II
A Durmientes, rollizos, desechos de
hierro y otros minerales metalíferos
< 500m2
y/ó <6 empleados
> 500m2 y/ó >6 empleados
< 500m2
y/ó <6 empleados
> 500m2 y/ó >6 empleados
>500m2
B Pescados y mariscos, productos de caza, carnes frescas y congelados
✔
✔
>500m2
Grupo III
A
Productos alimenticios frescos y manufacturados (embutidos, legumbres, vino, frutas,
verduras, arboles, semillas, etc)
< 500m2
y/ó <6 empleados
> 500m2 y/ó >6 empleados
< 500m2
y/ó <6 empleados
> 500m2 y/ó >6 empleados
>500m2
B Productos textiles,
calzados, cauchos y cueros
< 500m2
y/ó <6 empleados
> 500m2 y/ó >6 empleados
< 500m2
y/ó <6 empleados
> 500m2 y/ó >6 empleados
>500m2
C Materiales para la construcción y ferretería (pinturas, ladrillos, cemento)
< 500m2
y/ó <6 empleados
> 500m2 y/ó >6
empleados
< 500m2
y/ó <6 empleados
> 500m2 y/ó >6 empleados
>500m2
D Equipos, accesorios, maquinaria y respuestos en gral (autos, hormigoneras, camiones,
motores)
< 500m2
y/ó <6 empleados
> 500m2 y/ó >6 empleados
< 500m2
y/ó <6 empleados
> 500m2
y/ó >6 empleados
>500m2
E Productos veterinarios, productos de higiene , artículos de limpieza
< 500m2
y/ó <6 empleados
> 500m2 y/ó >6 empleados
< 500m2
y/ó <6 empleados
> 500m2 y/ó >6 empleados
>500m2
F Drogas legales y especialidades médicas
< 500m2
y/ó <6 empleados
> 500m2 y/ó >6 empleados
< 500m2
y/ó <6 empleados
> 500m2 y/ó >6 empleados
>500m2
Grupo IV
A Artículos de librería, papelería, carton y sus derivados
< 500m2
y/ó <6 empleados
> 500m2 y/ó >6 empleados
< 500m2
y/ó <6 empleados
>
500m2 y/ó >6 empleados
>500m2
B Artefactos, maquinaria y equipos eléctricos y electrónicos (instrumentos musicales, tv,
lavarropas, heladeras, caminadora, elíptico, ecógrafo, tomógrafo)
< 500m2
y/ó <6 empleados
> 500m2 y/ó >6 empleados
< 500m2
y/ó
<6 empleados
> 500m2 y/ó >6 empleados
>500m2
C Mueblería en general (madera, hierro, mimbre, etc)
< 500m2
y/ó <6 empleados
> 500m2 y/ó >6 empleados
< 500m2
y/ó <6 empleados
> 500m2 y/ó >6 empleados
>500m2
Grupo V
A Artículos de mercería,
joyería, billouterie y platería
< 500m2
y/ó <6 empleados
> 500m2 y/ó >6 empleados
< 500m2
y/ó <6 empleados
> 500m2 y/ó >6 empleados
>500m2
B Equipos, accesorios y respuestos de bicicletas, triciclos y otros vehículos a pedal
< 500m2
y/ó <6 empleados
>
500m2 y/ó >6 empleados
< 500m2
y/ó <6 empleados
> 500m2 y/ó >6 empleados
>500m2
INDUSTRIAS*
Grupo A
Industrias prohibidas (destilerías, curtiembres, mataderos, etc)
No corresponde por ser industrias no permitidas
Página 2
image/svg+xml
Grupo B
Fabricación de productos alimenticios (excepto bebidas)
✔
✔
>500m2
Grupo C
Industrias de bebidas
✔
✔
>500m2
Grupo D
Insdustrias del tabaco
✔
✔
>500m2
Grupo E
Industria textil y del
cuero(lavado de lanas, preparación de fibras textiles, teñido de pieles, etc)
✔
✔
>500m2
Fabricación de prendas de vestir y artículos confeccionados de materiales textiles
✔
✔
>500m2
Grupo F
Industrias de la madera
✔
✔
>500m2
Grupo G
Fabricación de pasta de papel y artículos diversos de papel y cartón
✔
✔
>500m2
Imprentas, editoriales y articulos de librería derivados del papel
✔
✔
>500m2
Grupo H
Fabricación de sustancias químicas y derivados del petróleo y del
carbón, etc.
✔
✔
>500m2
Grupo I
Industrias de plásticos y caucho
✔
✔
>500m2
Grupo J
Fabricación de productos minerales no metálicos excepto petróleo y carbón
✔
✔
>500m2
Grupo K
Industrias metálicas
✔
✔
>500m2
Grupo L
Fabricación de productos metálicos, maquinarias y equipos
✔
✔
>500m2
Grupo LL
Otras industrias manufactureras
✔
✔
>500m2
Grupo M
Electricidad, Gas y Agua
✔
✔
>500m2
Grupo N
Obras hidraúlicas y suministro de agua
✔
✔
>500m2
Grupo Ñ
Talleres de reparación
✔
✔
>500m2
Grupo O Industrias inocuas artesanalas
Elaboración de productos alimenticios
< 200m2
< 200m2
No aplica
Elaboración de bebidas
< 5000 litros
< 5000 litros
Fábrica de artículos de
vestir y de indumentarias en general, muebles y carpinterías metálicas y
En el caso de superar dichos
En el caso de superar dichos
< 200m2
parámetros estas industrias
< 200m2
parámetros estas industrias
madera (únicamente fabricación de objetos)
artículos decorativos de cerámica y de vidrio,
inocuas artesanalas dejan de
inocuas artesanalas dejan de
artículos de cueros, industrias metálicas menores (arreglo de muebles, tapicerías, carpinterías,
pertenercer a los Grupo O y P y
pertenercer a los Grupo O y P
etc.) pulidos y otros trabajos en vidrios y espejos, imprentas y litografías
No aplica
serán consideradas dentro de
y serán consideradas dentro
Ciencia y tecnología, laboratorios de estudio de nuevas
tecnologías ambientales
< 200m2
< 200m2
No aplica
los Grupos que van desde el
de los Grupos que van desde
Viveros
< 500m2
< 500m2
No aplica
Grupo B hasta el Grupo Ñ
el Grupo B hasta el Grupo Ñ
Grupo P
Comprende únicamente
aquellas industrias inocuas de influencia en el barrio como: talleres
< 200m2
< 200m2
artesanales, arreglos de objetos, panaderías, etc.
No aplica
Página 3
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ANEXO III
Requisitos Aviso de Proyecto
Atendiendo a la Ley Provincial General del Ambiente Nº5961 Decreto
Reglamentario N°2109/94 Art. 11 e información requerida por la
Municipalidad de Godoy Cruz.
1.
Datos del proponente
2.
Nombre de la persona física y jurídica
3.
Domicilio Legal y real. Teléfonos
4.
Datos y domicilio real y legal del responsable profesional o de la
consultora.
5.
Denominación y descripción general del proyecto
6.
Objetivos y beneficios socioeconómicos.
7.
Localización con indicación de la jurisdicción
municipal o
municipales comprendidas.
8.
Población afectada.
9.
Superficie del terreno.
10.
Superficie cubierta existente y proyectada
11.
Inversión total a realizar.
12.
Etapas del proyecto y cronogramas.
13.
Consumo de energía por unidad de tiempo en las diferentes
etapas.
14.
Consumo de combustible por tipo, unidad de tiempo y etapa.
15.
Agua, Consumo u otros usos, Fuente, calidad y cantidad.
16.
Detalle exhaustivo de otros insumos.
17.
Tecnología a utilizar.
18.
Necesidades de infraestructura y equipamiento que genera el proyecto
.
19.
Ensayos, determinaciones, estudios de campo y/o laboratorios
realizados.
20.
Residuos y contaminantes. Tipos y volúmenes por unidad de tiempo.
21.
Principales organismos, entidades o empresas involucradas.
22.
Normas y/o criterios nacionales y/o extranjeros cons
ultados.
23.
Razones o motivos que, a juicio del proponente, justifica en la
exención de la Declaración de Impacto Ambiental.
24.
Matriz de Aspectos e Impactos Ambientales.
25.
Plan de vigilancia Ambiental estableciendo medidas de mitigación y
corrección para los
Impactos negativos identificados.
26.
Participación Ciudadana. Evaluar el impacto social.
27.
Plan de Contingencias (si ya está presentado,
hacer referencia al Expte.)
28.
Sistema Prevención contra Incendios (si ya
está presentado, hacer referencia al Expte.)
29.
Curr
iculum Vitae del/los profesional/es.
RECORDAR QUE ES UNA DECLARACIÓN JURADA
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ANEXO III
Requisitos Informe de Partida
Atendiendo a la Ley Provincial General del Ambiente Nº5961 Decreto
Reglamentario N°2109/94 Art. 24 e información
requerida por la
Municipalidad de Godoy Cruz.
1.
Localización con indicación de las jurisdicciones municipales
comprendidas.
2.
Relación de todas las acciones inherentes a la actuación de que se
trate, susceptibles de producir un impacto sobre el medio
ambiente, mediante un examen detallado de su funcionamiento.
3.
Descripción de los tipos, cantidades y composición de los residuos,
vertidos, emisiones o cualquier otro elemento derivado de la actuación
que se incorporen al entorno, en especial, ruidos,
vibraciones, olores,
emisiones luminosas, emisiones de partículas, efluentes, etc.
4.
Estimación de los efectos que la obra o actividad ha producido sobre la
población humana, la fauna, la flora, la vegetación, el suelo, la gea, el
aire, el agua, el clima, e
l paisaje.
5.
Se indicarán las medidas previstas para reducir, eliminar o
compensar los efectos ambientales negativos significativos, así, como
los procedimientos de anti y descontaminación depuración y
dispositivos genéricos de protección del medio ambiente
.
Dicho informe tendrá carácter de declaración jurada y deberá ser
suscripto por profesional competente en la materia de que se trate.
6.
Participación Ciudadana. Evaluar el impacto social.
7.
Plan de Vigilancia Ambiental estableciendo medidas de mitigación y
corrección para los impactos negativos identificados en el proceso.
8.
Curriculum Vitae del/los profesional/es.
RECORDAR QUE ES UNA DECLARACIÓN JURADA
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x
MUNICIPALIDAD DE GODOY
CRUZ
Secretaria de Ambiente y
Desarrollo
Sustentable Dirección de
Planificación Urbana Departamento
de Ordenamiento Territorial y
Evaluaciones Ambientales
ANEXO IV
FICHA AMBIENTAL PARA
COMERCIOS, INDUSTRIAS, SERVICIOS
Y/O ACTIVIDADES CIVILES
Ref. Nº de Expte.:
Ficha Ambiental Nº
Fecha Presentación:……/….. /…….
LA INFORMACIÓN DE LA PRESENTE FICHA AMBIENTAL TIENE CARÁCTER DE
DECLARACIÓN JURADA.
1. DATOS DEL PROPONENTE
1.1 Nombre completo o Razón Social:……………………………………………………………………...
1.2 Domicilio L
egal:…………………………………………...………………………………………………
1.3 DNI/CUIT:……………………………………………………………....
1.4 Tel:………………………………………………………………………
1.5 Email:…………………………………………………………………..
2.
IDENTIFICACIÓN, LOCALIZACIÓN, SUPERFICIE Y POBLACIÓN AFECTADA POR EL
COMERCIO
2.1 Nombre del
proyecto:…………………………………………………………………………………….
2.2 Calle:…………………………..…...…Nº……………..Distrito:………………………………………...
2.3 Superficie total del terreno:………………………………………………..
Superficie cubierta existente:…………………………………………….
Superficie a construir:…………………………………......
.....................
Superficie ocupada por el proyecto:…………………………………….
2.4 Uso de propiedades colindantes y próximos más relevantes:
Norte: …………………………………………………………………………………………………………..
Sur: ……………………………………………………………………………………………………………..
Este:
…………………………………………………………………………………………………………....
Oeste: …...……………………………………………………………………………………………………..
Página
1
de
11
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2.5 Realizar el croquis de ubicación de la actividad, obra o proyecto:
2.6 Padrón
de Rentas: …………………………………………….
2.7 Padrón Municipal: ……………….…………………………….
2.8 Nomenclatura catastral:.……………………………………...
3.
DENOMINACION Y DESCRIPCION GENERAL DEL PROYECTO
3.1 Naturaleza del proyecto:
(marque con una cruz la opción que corresponda)
HABILITACIÓN [
] AMPLIACIÓN [
] REFUNCIONALIZACIÓN [
] Otros [
] Especificar:
.................…………………………………………………………………………………………....
3.2 Clasificación del proyecto:
(marcar con una cruz la opción que corresponda)
(Biblioteca, Asociación Cultural,
Museo, Sala de exposiciones, otros)
ESPARCIMIENTO [ ]
(Cine, teatro, circo, sala de juegos infantiles, gimnasios, instituciones deportivas, pub,
restaurantes, confiterías/ heladerías, otros)
CULTO[ ]
(iglesias, templos, parroquias, capilla, otros)
COMER
CIO. Mayorista [
]
Minorista [
]
(Autoservicio, Almacén, Kiosco; Comercio de drogas e
insumos médicos y hospitalarios*, Producto de consumo agroindustrial, Corralón, Ferretería, Reparaciones de
equipos de informática y electrónicos, Tintorerías, vidriería, agencias de turismo, otros)
DEPÓSITO [ ]
(de
alimentos , alimento para mascotas, bebi
das, indumentaria, otros)
INDUSTRIA / FÁBRICA / ELABORACIÓN Y/O FRACCIONAMIENTO [
]
(fábrica de productos
alimenticios, bebidas; fábrica de prendas de vestir, imprenta o editorial; fábrica de productos metálicos, maquinaria y
equipos, fábrica de muebles
, carpinterías, tapicerías; fraccionamiento de insumos y materiales, fraccionamiento de
productos alimenticios y/o bebidas, fábrica de vidrios, espejos y afines; fábrica de elementos cerámicos; viveros,
otros; )
ACTIVIDADES DE SERVICIO [
]
(Gomerías, Lava
deros de automóviles y afines, Taller mecánico con/sin
chapería; Cocheras colectivas, Playas de estacionamiento, Terminal de remises, Servicios de emergencia y traslado
de automotores; Emergencias médicas y terminal de microbús, otros).
-
ASISTENCIA DE LA
SALUD [ ]
(Centro de Salud, Sala de Primeros Auxilios, Geriátrico, Consultorio
particulares, Inyectable, Laboratorios de análisis clínicos, Institutos especiales de sanidad y servicio social,
Veterinaria, otros)
ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS: [ ]
(Guarderí
a/Jardín Maternal, Talleres o academia de arte,
institutos o talleres de oficios, institutos de idiomas, instituto terciario, otros)
Página
2
de
11
CULTURA [ ]
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DEPENDENCIAS ADMINISTRATIVAS : [ ]
(Oficinas particulares o estudios
–
sindicatos, colegios,
prepagas, cajas, etc
-
; Oficinas estatales ; Consulados; Entidades financieras, Asociaciones de comercios o
industrias, otros )
HOSPEDAJE: [
]
(Apart hotel/ cabañas; Hostels/albergues, Residencias;
otros)
OTROS: [
] Especifique:………………………………………………………………………………….
3.3 Describir específicamente en qué consiste la actividad a desarrollar: ….…………………………
……………………………………………………………………………………………………………..……
……………………………………………………………………………………………………………..……
3.4 Días
y Horarios de Funcionamiento: ….……………………………………………….……………..
3.5 El proyecto es o contiene depósito: SI [ ] NO [ ] Si la respuesta es afirmativa, describir tipo y
cantidades de mercadería, elementos, insumos, entre otros:
.............................................................................................................................
................................
.................................................................................................
............................................................
3.6 Capacidad del establecimiento: ………………………………………………………………...………
4. PERSONAL AFECTADO
4.1 Detallar el número de personas que serán empleadas en la
etapa de funcionamiento
:
…………..………………………………
…………..…………………………………………………………
4.2 Ejecuta actividades tercerizadas SÍ [ ] NO [ ]. Si la respuesta es afirmativa, describa cuáles y
qué cantidad de personal involucra: ……………………………………………...…………………….
…..…………..…………………………………………..……………………………………………………..
5. TIPO
DE ENERGÍA, COMBUSTIBLES E INSUMOS
5.1 Marcar que tipo de energía o combustibles serán utilizados en
etapa de funcionamiento:
ENERGÍA ELÉCTRICA [ ]
ENERGÍA SOLAR [ ]
ENERGÍA EÓLICA [ ]
AGUA [ ]
GAS (natural o envasado) [ ]
COMBUSTIBLES LÍQUIDOS
DERIVADOS DEL PETRÓLEO [ ]
OTRAS [ ] Especifique:...........……………………………………………………………………………...
5.2 Medidas a adoptar tendientes al ahorro del consumo de energía, combustibles y otros
insumos:………………………………………………………………………………………………………
…………………………………………………………………
………………………………………………
……...........................................................................................................................
...........................
6.
NECESIDADES DE INFRAESTRUCTURA, EQUIPAMIENTO, MAQUINARIA Y TECNOLOGÍA
REQUERIDA
6
.1 Especificar: tipo y cantidad de maquinaria, tecnología, herramientas, equipamiento a utilizar en
etapa de funcionamiento
: ………………………………………………………………………………….
………………………………………………………………………………………..…………………………
.…….……………………………………………………………………………………………………………
7.
CANTIDAD DE PRODUCCIÓN Y/O COMERCIALIZACIÓN (solo en caso de
industrias, fábricas o comercios)
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7.1 Indicar cuales son los productos y cantidades:
Producto final, elaborado, fabricado, ensamblado,
Cantidad
fraccionado y/o a comercializar o depositar.
1.
2.
3.
4.
5.
8. VEHÍCULOS Y ESTACIONAMIENTOS
8.1 Cantidad y tipo de vehículos en
etapa de funcionamiento:
…………………………………………………….……………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………………….
8.2 Descripción de las frecuencias y horarios vehiculares que serán utilizados o atrae la actividad
en
etapa de funcionamiento
:
………………………………………………………………………………………………………………...
…………………………………………………………………………………………
………………………
8.3 Indicar la capacidad del espacio físico utilizado y/o destinado para el estacionamiento de los
vehículos que demanda y/o atrae la actividad:
………………………………………………………………………….………………………………..…........
……………………………………………………………………………………………………………………
8.4 Dispone de espacio físico dentro del predio para estacionamiento, realizar ascenso y
descenso de personas; y carga y descarga de insumos materiales y otros: SÍ [ ] NO [ ]
9.
ETAPA DE FUNCIONAMIENTO RESIDUOS Y CONTAMINANTES. TIPOS, CANTIDADES
Y
VOLÚMENES. SISTEMAS DE ALMACENAMIENTO, TRANSPORTE Y DISPOSICIÓN
FINAL (TRATAMIENTO PROPUESTO)
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9.1 RESIDUOS SÓLIDOS:
Tipo y Cantidad aproximada que generan: ………………………………………………………………..
Tipo de
gestión y/o tratamiento que se les efectúa:………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………………….
9.2 EFLUENTES LÍQUIDOS:
Tipo y Cantidad aproximada que generan: ………………………………………………………………
Tipo de gestión y/o tratamiento que se les efectúa:……
……………………………………………….
…………………………………………………………………………………………………………………
9.3 EMISIONES GASEOSAS:
Tipo y Cantidad aproximada que generan: ………………………………………………………………..
Tipo de gestión y/o tratamiento que se les efectúa:………………………………………………………
…………………………………………………………………………………………………………………..
9.4 RUIDOS Y VIBRACIONES:
Tipo y Cantidad que generan: ……………………………………………………………………………….
Indicar técnicas, medidas y/o tecnologías adoptadas para evitar el traslado de ruidos y vibraciones
hacia el exterior ta
nto en la etapa de construcción como de funcionamiento:……………………...…
………………………………………………………………………………………………………………....
9.5 RESIDUOS PELIGROSOS:
Tipo y Cantidad que generan: ……………………………………………………………………………….
Tipo de tratamiento que se les efectúa:……………….……………
……………………………………....
…………………………………………………………………………………………………………………..
11. INVERSIÓN TOTAL A REALIZAR Y/O REALIZADA
Declarar monto de inversión total a realizar o realizada, necesario para la puesta en
funcionamiento del emprendimiento:
………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………………….
12.
INFORME EMITIDO POR LA DIRECCIÓN DE CATASTRO: TITULARIDAD
13.
INFORME EMITIDO POR LA DIRECCIÓN DE RENTAS: LIBRE DEUDA
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DECLARACIÓN
JURADA
El proponente ………………...…………………………………………………….…… en su carácter de
……………………………de la actividad, obra o proyecto de ……………………………………...……,
doy fe de la veracidad de la información detallada en el presente documento, cumpliendo con
los requisitos del ma
rco legal exigido, razón por la cual asumo la responsabilidad consecuente
derivada de esta declaración, que tiene calidad de declaración jurada.
……….……………………………………….
Firma del titular y/o Representante Legal
OBSERVACIONES DEL DEPARTAMENTO DE
ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y
EVALUACIONES AMBIENTALES
MUNICIPALIDAD DE GODOY CRUZ
Secretaria de Ambiente y Desarrollo
Sustentable
Dirección de Planificación Urbana
Departamento de Ordenamiento
Territorial
Evaluaciones Ambientales
ANEXO IV
FICHA AMBIENTAL PARA
CONSTRUCCIÓN Y/O AMPLIACIÓN
Ref. Nº de Expte.:
Ficha Ambiental Nº
Fecha Presentación:……/….. /…….
LA INFORMACIÓN DE LA PRESENTE FICHA AMBIENTAL
TIENE CARÁCTER DE
DECLARACIÓN JURADA.
1. DATOS DEL PROPONENTE
1.1 Nombre completo o Razón Social: ………………………………………………....…………………
1.2 Domicilio Legal:………………………………………………………………………………………….
1.3
DNI/CUIT:………………………………………………………………………………………………….
1.4
Teléfono:…………………………………………………………………………………………………..
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1.5 Email:……………………………………………………………………………………………………...
2. IDENTIFICACIÓN, LOCALIZACIÓN Y SUPERFICIE AFECTADA
2.1 Nombre del proyecto:……………………………………………………………………………....……
2.2 Calle: ……………………………….Nº……………...Distrito:………………………………………….
2.3 Sup. total del terreno: …………………………………………
Sup. terreno libre: ……………………………………………..
Sup. cubierta existente: ……………………………………….
Sup. a construir:………………………………………………....
Sup. a
demoler:………………………......................................
3. POBLACIÓN AFECTADA POR EL PROYECTO
2.4 Uso de propiedades colindantes y próximos más relevantes:
Norte: ………………………………………………………………………………………………………….
Sur:………………………………………………………………………………………………………....
Este: ………………………………………………………………………………………………………….
Oeste: …...……………………………………………………………………………………………………
2.5 Realizar el croquis de ubicación de la actividad, obra o proyecto:
2.6 Padrón de Rentas: …………………………………………….
2.7 Padrón Municipal:
……………….…………………………….
2.8 Nomenclatura catastral:.……………………………………..
4.
NATURALEZA, DENOMINACION Y DESCRIPCION GENERAL DEL PROYECTO
4.1 Naturaleza del proyecto:
(marcar con una cruz la opción que corresponda)
CONSTRUCCIÓN [ ]
AMPLIACIÓN [ ]
4.2
Indicar obra/s de urbanización que comprende el proyecto:
[
] Obras de pavimentación o asfalto
[
] Acequia, cordón, banquina y/o vereda
[
] Sistema de agua potable
[
] Red cloacal
[
] Red de gas
[
] Red eléctrica
[
] Desagüe pluvial/acequias
[
]
Apertura de calles
[
] Forestación
[
] Rampas peatonales
[
] Servicios Telefónico, Internet, cable
[
]
Servicio de recolección de residuos
[
] Recolección especial de residuos (kg/día)
[
]
Otros
Especifique otros: …………………………………………………………………………………....
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4.3 CONSTRUCCIÓN
:
Vivienda Unifamiliar [ ] Propiedad Horizontal [ ] Local Comercial [ ] Residencias [ ]
Albergues transitorios [ ] Hoteles, Hostels, Apart hotel, Cabañas [ ] Otro [ ]
Especifique otros:
………………………………………………………………………………………..
Número de unidades proyectadas:..………… Superficie de la unidad tipo……………..….…..m
2
Cantidad de niveles:…………………………… Número de niveles en subsuelo:………………….
Uso por niveles: ………………………………………………………………………………………..…
Capacidad
y Superficie destinada a estacionamiento vehicular:………………………………….…
4.6 AMPLIACIÓN:
Describir ampliación a realizar:……………………………………………………………….………..
Superficie existente (m
2
):……………….. Superficie a ser ampliada (m
2
):…………………………
5. RECURSOS HUMANOS
5.1 Detallar el número de personas que serán requeridas en la
etapa de construcción:
………………………………………………………………………………………………………………….
6. CONSUMO DE ENERGÍA, COMBUSTIBLE E INSUMOS
6.1 Detallar consumos de energía y combustibles
requeridos en la obra:
ESPECI
FICAR CONSUMO DE:
CANTIDAD POR UNIDAD DE TIEMPO
Energía eléctrica
Gas (natural/garrafa)
Agua
Combustibles líquidos derivados del petróleo
Otros insumos y/o combustibles
6.2 Especificar métodos, tecnologías y alternativas tendientes al ahorro de
consumo de energía
adoptados: …………………………………………………………………………………………………...
……………………………………………………………..……………..……………..…………………….
6.3 Se ha tenido en cuenta para la elaboración del proyecto, estudios de visuales, paisaje,
estrategia bioclimática, entre otras: S
Í [ ] NO [ ]. En caso afirmativo indicar cuales: ……………...
...................................................................................……………………………………………………
6.4 Detallar consumos de insumos, materia prima para la etapa de construcción:
Tipo de mat
eriales, insumos, etc
Cantidad o volumen
1.
2.
3.
4.
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7.
ETAPA DE CONSTRUCCIÓN RESIDUOS Y CONTAMINANTES. TIPOS, CANTIDADES Y
VOLÚMENES. SISTEMAS DE ALMACENAMIENTO, TRANSPORTE
Y DISPOSICIÓN
FINAL (TRATAMIENTO PROPUESTO)
7.1 RESIDUOS SÓLIDOS:
Tipo y Cantidad aproximada que generan: ……………………………………………………………..
Tipo de gestión y/o tratamiento que se les efectúa:………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………………….
7
.2 EFLUENTES LÍQUIDOS:
Tipo y Cantidad aproximada que generan: ………………………………………………………………
Tipo de gestión y/o tratamiento que se les efectúa:…………………………………………………….
…………………………………………………………………………………………………………………
7.3 EMISIONES GASEOSAS:
Tipo y Cantidad
aproximada que generan: ……………………………………………………………..
Tipo de gestión y/o tratamiento que se les efectúa:………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………………….
7.4 RUIDOS Y VIBRACIONES:
Tipo y Cantidad que generan: ……………………………………………………………………………
.
Indicar técnicas, medidas y/o tecnologías adoptadas para evitar el traslado de ruidos y
vibraciones hacia el exterior tanto en la etapa de construcción como de
funcionamiento:……………………...…..……………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………
………………….
7.5 RESIDUOS PELIGROSOS:
Tipo y Cantidad que generan: …………………………………………………………………………….
………………………………………………………………………………………………………………...
Tipo de tratamiento que se les efectúa:……………….…………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………………..
8.
NECESIDADES DE INFRAESTRUCTURA, EQUIPAMIENTO Y TECNOLOGÍA
QUE REQUIERE LA OBRA
8.1 Tipo de infraestructura edilicia que requiere
la obra
: ……………………………………………….
………………………………………………………………………………………………………………….
8.2 Especificar: tipo y cantidad de maquinarias,
tecnología y herramientas utilizadas para el
proyecto de
construcción
: ……………………………………………….............................................
.....……………………………………………………………………………………………………….……..
………………………….…………………………………………..………………………………………….
9. VEHÍCULOS Y ESTAC
IONAMIENTOS
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9.1 Detallar tipo y cantidad de vehículos utilizados para la
etapa de construcción
y determinar
circulación de los mismos dentro y fuera del predio:…..………………………………………………...
………………………………………………………………………………………………………………….
9.2 Dispone de espacio físico dentro del predio para realizar carga y descarga de insumos,
materiales y otros: SÍ [ ] NO [ ]
Descripción de las frecuencias y horarios vehiculares que serán utilizados en etapa
de
construcción y/o acondicionamiento: ……………………………………………………………………..
………………………………………………………………………………………………………………...
9.3 Cantidad y tipo de vehículos en etapa de
funcionamiento
: ………………………………………
9.4 Descripción de las frecuencias y horarios vehiculares que
serán utilizados o atrae la actividad
en etapa de funcionamiento: ……………………………………………………………………………..
9.5 Indicar la capacidad del espacio físico utilizado y/o destinado para el estacionamiento de los
vehículos que demanda y/o atrae la actividad: ………………………………
…………………………
10. INVERSIÓN TOTAL A REALIZAR Y/O REALIZADA
Declarar monto de inversión total a realizar o realizada, incluyendo construcción, necesario para
la puesta en funcionamiento del emprendimiento: ………………………………………………………
…………………………………………………………………………………………………………………
11.
INFORME EMITIDO POR LA DIRECCIÓN DE CATASTRO: TITULARIDAD
12.
INFORME EMITIDO POR LA DIRECCIÓN DE RENTAS: LIBRE DEUDA
DECLARACIÓN JURADA
El proponente ………………...…………………………………………………….…… en su
carácter
de ……………………………de la actividad, obra o proyecto de
……………………………………...……, doy fe de la veracidad de la información detallada en el
presente documento, cumpliendo con los requisitos del marco legal exigido, razón por la cual
asumo la
responsabilidad consecuente derivada de esta declaración, que tiene calidad de
declaración jurada.
……….……………………………………….
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Firma del titular y/o Representante Legal
OBSERVACIONES DEL DEPARTAMENTO DE EVALUACIONES
AMBIENTALES
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