image/svg+xml2022 -Año de Homenaje40° Aniversario de la Gesta de MalvinasORDENANZA N° 7266/2022VISTO:El Expte. N° 2020-000162/H1-GC, caratulado: BLOQUE FRENTE DE TODOS PARTIDO JUSTICIALISTA E/PROYECTO DE ORDENANZA SOBRE CAPACITACIÓN EN GÉNERO Y VIOLENCIACONTRA LA MUJER Y RESPETO DEL DERECHO A LA IDENTIDAD DE GÉNERO EN CLUBES DEPORTIVOS; yCONSIDERANDO:Que por las presentes actuaciones los Concejales del Bloque Frente de Todos Partido Justicialista eleva proyecto de Ordenanza, con el fin de crear el programa de capacitación en Género y Violencia contra las Mujeres y Respeto del Derecho a la Identidad de Género, a través de la Dirección que el ejecutivo determine, destinado a las Asociaciones Civiles o Entidades de bien público con la finalidad de fomentar la práctica de actividades deportivas específicas o generales en el Departamento de Godoy Cruz.Que la Ley Micaela N° 27.499, fue sancionada en conmemoración a Micaela García, militante feminista de 21 años quien fue violada y asesinada en abril de 2017, en la ciudad de Gualeguay, Provincia de Entre Ríos. La iniciativa fue aprobada el 18 de diciembre de 2018 con 171 votos a favor y uno en contra en la Cámara de Diputados y por unanimidad en el Senado de la Nación; y dispone la capacitación de forma continua y la sensibilización de todos los operadores de los tres poderes del Estado tanto a nivel nacional como local, en la temática de género; siendo la autoridad de aplicación el Instituto Nacional de las Mujeres (INAM).Que en noviembre de 2019 Godoy Cruz a través del Honorable Concejo Deliberante adhiere a la ley nacional N°27499.Que si bien la Ley 27.499 constituyó un avance en materia de capacitación obligatoria en la temática de género y violencia contra las mujeres, aún queda camino por recorreren la utilización del deporte como herramienta inclusiva y medio educativo en búsqueda de profundizar el debate en torno a las políticas de género y el combate de la violencia contra las mujeres , como así también contribuir y promocionar prácticas educativas y culturales a través del deporte, teniendo como metas la igualdad de género, la eliminación de toda forma o practica social de discriminación, desigualdad y violencia contra las mujeres.Que la Municipalidad de Godoy Cruz cuenta con la Dirección de Genero, Diversidad y Juventudes, un espacio de diseño, planificación y ejecución de políticas públicas locales con perspectiva de género; cuyo objetivo es promover la igualdad de oportunidades entre varones y mujeres en el ámbito del Departamento.Que la Municipalidad de Godoy Cruz, a través del Departamento de Mujer y Diversidad, fue pionera en la realización de un albergue de protección para mujeres en situaciónde violencia denominado “Mujeres en Acción”.Que el presente proyecto tiene por objeto incorporar las campañas de concientización sobre violencia de género en el ámbito deportivo de Godoy Cruz, promoviendo así acciones tendientes a asegurar el goce y ejercicio pleno de los derechos reconocidos por la Constitución Nacional y los Tratados Internacionales sobre la materia.Secretaría AdministrativaRivadavia 448-Godoy Cruzwww.godoycruz.gob.arHCD+54-261-4133051/53Municipalidad de Godoy Cruz
image/svg+xml2022 -Año de Homenaje40° Aniversario de la Gesta de MalvinasQue algunos deportes persisten en la negativa de admitir ligas femeninas, las competencias, premios y cobertura de los medios de comunicación persisten las inequidades basadas en un sistema jerárquico de relaciones sociales, políticas y económicas que, desde roles de estereotipos de género y con la excusa de la diferencia biológica, fija las características de la masculinidad como parámetro de las concepciones humanas y así institucionaliza la desigualdad en perjuicio de las mujeres.Que esto pone en situaciónde vulnerabilidad a las deportistas, entrenadoras, árbitras, técnicas, médicas, directivas, periodistas, etc., a sus propias familias y a miembros de la comunidad LGBTIQ+ en los diferentes ámbitos donde se manifiesta la violencia de género y la discriminación en el contexto deportivo.Que es nuestra responsabilidad como agentes del Estado ampliar, actualizar y adecuar nuestras leyes y políticas públicas en función de los derechos humanos y de las Convenciones Internacionales. Bajo estos términos la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra las Mujeres indica que: los “Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer, a fin de asegurarle la igualdad de derechos con el hombre en la esfera de la educación y en particular para asegurar, en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres”.Que este proyecto tiene como objetivo general la promoción de actividades de formación e inclusión deportiva, orientadas a la eliminaciónde las desigualdades y discriminación entre mujeres y varones en cualquiera de sus manifestaciones y a garantizar el derecho de las mujeres a vivir una vida sin violencias.Que en este sentido, entendemos al deporte como actividad social, integradora e igualadora para las y los jóvenes de nuestra Patria, a través de la presente Programa se refuerza su carácter educativo, de socialización y adquisición de valores y modelos de comportamiento en sintonía con los Derechos Humanos explicitados en nuestra CartaMagna.Que atento a lo expuesto se estima procedente sancionar la siguiente Ordenanza.POR ELLO:EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GODOY CRUZORDENAARTÍCULO 1:Créase el programa de capacitación en Género y Violencia contra las Mujeres y Respeto del Derecho a la Identidad de Género, a través de la Dirección que el Departamento Ejecutivo determine, destinado a las Asociaciones Civiles o Entidades de bien público con la finalidad de fomentar la práctica de actividades deportivas específicas o generales en el Departamento de Godoy Cruz.ARTÍCULO 2:Acorde a lo establecido en el Artículo 1° la autoridad de aplicación deberá:a)Establecer las directrices y lineamientos de los contenidos curriculares de la capacitación en la temática de Género y Violencia contra las Mujeres y Respeto del Derecho a la Identidad de Género.Secretaría AdministrativaRivadavia 448-Godoy Cruzwww.godoycruz.gob.arHCD+54-261-4133051/53Municipalidad de Godoy Cruz
image/svg+xml2022 -Año de Homenaje40° Aniversario de la Gesta de Malvinasb)Implementar mecanismos que garanticen la participación de las diversas organizaciones referentes en la temática y entidades gremiales vinculadas al deporte en la elaboración de las directrices y los lineamientos mínimos de la capacitación.c)Realizar relevamientos periódicos, en la forma que ésta determine, a fin de evaluar el desarrollo de las capacitaciones en las Entidades Deportivas.d)Contribuir y promocionar practicas educativas y culturales a través del deporte, teniendo como metas la igualdad de género, la eliminación de toda forma o practica social de discriminación, desigualdad y violencia contra las mujeres.e)Ofrecer servicio de asesoramiento para aquellas instituciones que opten por la creación o mejora institucional de espacios para mujeres, géneros y personas LGBTIQ+.f)Elaborar un informe anual de evaluación acerca del grado de cumplimiento de las capacitaciones.ARTÍCULO 3:Las directrices, contenidos y modalidades del programa deberán ser actualizadas periódicamente a fin de incorporar progresivamente nuevas herramientas en materia de prevención y erradicación de la violencia de género y contra las mujeres.ARTÍCULO 4:Agrégase como requisito para que las Instituciones contempladas en el artículo 30 inciso g) del Código Tributario Municipal (Ordenanza N° 1934-78) queden eximidas de los tributos mencionados en dicha norma, el cumplimiento de la capacitación en la forma dispuesta por la Autoridad de Aplicación de la presente Ordenanza.ARTÍCULO 5:Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al registro municipal respectivo, publíquese y cumplido archívese.PLDADA EN SALA DE SESIONES, EN SESIÓN ORDINARIADEL DÍA OCHO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOSSecretaría AdministrativaRivadavia 448-Godoy Cruzwww.godoycruz.gob.arHCD+54-261-4133051/53Municipalidad de Godoy Cruz