image/svg+xmlSecretaría AdministrativaHCDMunicipalidaddeGodoyCruzwww.godoycruz.gob.arRivadavia448-GodoyCruz+54-261-4133051/53ORDENANZA7258/2022VISTO:Elexpediente2022-000750/I1-GC,caratulado:DIRECCIÓNPLANIFICACIÓNURBANAPROYECTOMODIFICACIÓN ORDENANZA 5820-2010SOLY SIERRA; yCONSIDERANDO:Queporlaspresentesactuaciones,laDireccióndePlanificaciónUrbanaelevaproyectoderogando las Ordenanzas 5686/2008 y 5820/2010, atento a la necesidadde contar con una norma legal actualizada, que permita la utilizacióndel predioidentificadocomoMz.13delplano25343/05correspondientealespaciodeequipamientodel B°Soly Sierra.Que por Ord. 5686/2008 se dona con cargo, ese espacio a la Dirección General deEscuelas.Que se agrega Dictamen Legal de la Dirección de Asuntos Jurídicos en donde seexpresa que el proyecto de donación en estudio sólo puede ser legalmente factible sise certifica que las referidas ordenanzas no produjeron efecto alguno, y en especialquenohuboaceptacióndeladonación,niexpresanitácita,porpartedeladonataria, no habiéndose efectuado en el terreno por parte dela misma ningún actoqueimpliquetenenciaoposesiónousoquehayaproducidoelefectodelperfeccionamiento de la donación, puesto que ello requeriría su previa revocaciónpor incumplimientodelcargo (arts.1542,1566,1569,1570 yconc.C.C.C.N.).QueposteriormenteseemiteunamplioinformeporpartedeEscribaníaMunicipalen donde se agrega quepor Ordenanza 4756/01 se acepta la donación sin cargoofrecida por la Cooperativa de Vivienda, Urbanización , Servicios Públicos y ConsumoSol y Sierra Limitada aceptando las superficies de terreno destinadas a la apertura decalle Segundo Sombra y a la construcción de un establecimiento escolar, por unasuperficie de 15387,89 m2y de 3.463,62respectivamente, por Ordenanza 4878/02sedona con Cargo a la Dirección General de Escuelas un terreno constante de unasuperficiede3.463,62m2.Elcargoestipuladoconsisteenlaconstruccióndeunedificioescolar,lasobrassedebíanterminardentrodeunplazode6(SEIS)años,caso contrariose debía restituir el terreno al Municipio, no teniendo registro en estadependencia de la aceptación de dicha donación ni del cumplimiento del cargo; porOrdenanza5686/08sedonaConCargoalaDirecciónGeneraldeEscuelasunterreno constante de una superficie de 5.000 m2 (cinco mil metros cuadrados).Elotorgamientodeladonacióndelterrenomencionadotendrácomodestinolaconstruccióndeunedificioescolar,estandocondicionadaestadonaciónalaobtención del financiamiento necesario para su construcción en un plazo máximo dedosañosylarealizacióndelaobradeconstruccióndeledificioescolarenun100%en un plazo de 03 años a partir de la obtención del financiamiento mencionado,quedando sin efecto la presente donación en caso de no cumplirse con lo términosestipulados,volviendolosterrenosalMunicipioyconlasmejorasrealizadasafavor
image/svg+xmlSecretaría AdministrativaHCDMunicipalidaddeGodoyCruzwww.godoycruz.gob.arRivadavia448-GodoyCruz+54-261-4133051/53delaMunicipalidad,comprometiéndoselasInstitucionesanoefectuarreclamoindemnizatorio o reembolso alguno por las obras ejecutadas. Se estableció comocargo la realización por parte de la Dirección General de Escuelas de la Mensura yDivisión del inmueble mencionado a los efectos de lograr la inscripción dominial delos terrenos resultantes y también se deroga la Ordenanza 4878/02. No se tieneregistro en esta dependencia de la aceptación de dicha donación ni del cumplimientodelcargo;PorOrdenanza5820/10semodificalaOrdenanza5686/08ensuArtículo1, el que quedó redactado de la siguiente forma: Dónese Con Cargo a la DirecciónGeneral de Escuelas un terreno constante de una superficie de 5.516,17 m2. Losartículos 2 y 3 no se modificaron, no habiendo registros en esa dependencia de laaceptación de dicha donación ni del cumplimiento del cargo; por lo que se concluyeque en esa dependencia no se tiene constancia alguna de las aceptaciones de lasdonaciones realizadas por el Municipio a la Dirección General de Escuelas y quehabiendo consultado con el Registro de la Propiedad Raíz en su matrícula respectiva,no seencuentra inscripciónalgunaanombrede la D.G.E.Queenel proyectode derogación delas mencionadasnormas,realizado por laDirección dePlanificaciónUrbana,seexpresa queestos terrenos son necesariospara laejecuciónde infraestructurayequipamientodelloteoSolySierra.Que atento a lo expuesto y en base al Dictamen de Asuntos Jurídicos,al amplioinformerealizadoporEscribaníaMunicipalydelasactuacionesobrantesenexpediente2022-000750/I1-GC,seestimaprocedentederogarlasordenanzas5686/2008 y5820/2010.PORELLO:EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GODOY CRUZ:ORDENAArtículo1:DeróganselasOrdenanzas5686/2008y5820/2010.Artículo2:RemítanseestasactuacionesalaDireccióndePlanificaciónUrbanaalosefectosdequetomeconocimiento delapresente.Artículo3:Cumplidoelartículo2,porladependenciamunicipalquecorrespondasedeberánotificar alaDirección Generalde Escuelasde laordenanzasancionada.Artículo4:ComuníquesealDepartamentoEjecutivo,désealregistromunicipalrespectivo,publíquesey cumplidoarchívese.p.m.DADAENSESIONORDINARIA,DELDÍAVEINTIUNODEJUNIODELAÑODOSMILVEINTIDOS.
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