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ORDENANZA
N°
7255/2022
VISTO:
El Expte. Nº 2022
-
000095/H1
-
GC, caratulado BLOQUE FRENTE CAMBIA MENDOZA
-
CONC.
MARCELA
FERNANDEZ
-
CONC.
PEDRO
SAN
MARTÍN
-
CONC.
SILVINA
ANFUSO
-
E/
MODIFICACIÓN
ORDENANZA Nº
3643/93;
y
CONSIDERANDO:
Que, por las presentes actuaciones el Conc. Pedro San Martín, la Conc. Marcela Fernández y la
Conc.
Silvina
Anfuso
elevan
un
proyecto
relacionado
con
l
a
Resolución
N°
000946
de
la
Provincia
de
Mendoza
por
la
que
se
proponen
las
modificaciones
correspondientes
apuntadas
a ampliar el espacio participativo de Personas Mayores dentro de la Provincia de Mendoza,
actualizando
y
optimizando
el
seguimiento
de
políticas
públicas
para
dicho
sector.
Que, históricamente las políticas referidas a las perso
nas que se encuentran en la tercera edad
se han ubicado en campos disciplinares hegemónicos que generalmente interpretan la vejez
desde un enfoque deficitario en ámbitos de gran importancia, que a su vez están limitados de
intervención
como
la salud
y
la seguridad
social.
Que, el presente proyecto apunta a un DESARROLLO SOSTENIBLE que tienda a satisfacer las
necesidades
del
presente
sin
comprometer
la
capacidad
de
las
futuras
generaciones
para
satisfacer
sus
propias
necesidades,
siendo
un
modelo
de
des
arrollo
que
conserva
la
importancia del crecimiento económico, revalorizando y priorizando el ámbito de integración
social
y
cuidado
y
preservación
ambiental,
con
el
firme
propósito
de no
dejar
a
nadie
atrás.
Que,
sería
beneficioso
que
se
enmarque
en
conjunto
con
los
Objetivos
de
Desarrollo
Sostenible (ODS) de la Agenda 2030 adoptados en el ámbito del Departamento de Godoy Cruz,
teniendo
en
cuenta
dichos
avances
en
la
materia
sobre
los
establecimientos
de
Personas
Mayores
en
el ámbito
del
Departamento
de
Godoy
Cruz.
Que, la presente tendrá como principal fin garantizar el acceso a una vida plena, con calidad,
libre
de
violencia
y
sin
discriminación
para
todos
los Personas
Mayores.
Que, el reconocimiento de las personas de la tercera edad como sujetos de derechos implica el
reconocimiento
de
ciertos
aspectos
específicos
como
grupo
de
población.
Que, se garantizará la búsqueda de soluciones a las dificultades propias que pueden atrav
esar
las
personas
de
esta
franja
etaria.
Se
promoverá
la
participación
y
protagonismo
de
los
Personas Mayores, centrándose en las necesidades de socialización y así mantener una calidad
de
vida
saludable.
Que, la problemática es compleja y requiere de la
intervención en conjunto de los actores
involucrados.
Que, el ámbito de discusión es necesario, así como también el asesoramiento a las Personas
Mayores.
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Que, esto fortalecerá la articulación entre los
diferentes actores a través de la adhesión a la
Resolución
N° 000946
de la Provincia de Mendoza donde el Estado argentino ha firmado la
Convención interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas
Mayores, adecuando de esta manera las políticas sociales dirigidas a los Adultos Mayores, a la
disposición
de
dicha Convención.
POR
ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GODOY CRUZ
ORDENA
ARTÍCULO
1:
Créase
el
Consejo
Asesor
Municipal
de
la
Persona
Mayor
como
espacio
de
participación
y
consulta
que
articule
directamente
con
el
poder
Ejecutivo
de
la
Municipalidad
de
Godoy
Cruz.
ARTÍCULO
2:
Serán
objetivos
de
este
Consejo:
1
-
Difundir y promover el ejercicio de los derechos de los Personas Mayores enmarcadas
en el ámbito del Departamento de Godoy Cruz como así también capacitar en el tratamiento
adecuado
en
temas
relacionados con
la vejez
y
el
envejecimiento.
2
-
Promover y formula
r políticas para los Personas Mayores, participando de
este
modo
de
las políticas
generales
del
Municipio.
3
-
Articular
con
otros
Consejos
de Personas
Mayores
de
otros
Departamentos.
4
-
Crear un Diagnóstico situacional de las personas mayores del Departamento de Godoy
Cruz.
5
-
Prestar asesoramiento y contención a la Persona Mayor y a su familia en los aspectos
jurídicos
educativos,
sociales,
culturales,
médicos
-
sanitarios
y
psicológicos.
6
-
Actualizar
los
registros
de
los
Centros
de
Jubilados
que
se
constituyeron
en
el
Departamento
de
Godoy
Cruz.
7
-
Promover, difundir y facilitar las acciones, eventos y demás aspectos que tomen la
actividad física de personas mayores en los aspectos deportivos,
recreativos, de cuidado de la
salud,
artísticos
y
similares,
conducentes
al aprovechamiento
del
tiempo
libre.
8
-
En
la
habitual
interacción
en
este
marco
de
actividades
físicas,
seria
prioridad
del
Concejo de
Personas
Mayores
resaltar
y
difundir
logros
alcanzados por
personas
mayores
habitantes del Departamento, buscando realzar el rol de la persona mayor en la comunidad y
rompiendo
de
esta
manera
estereotipos
invalidantes
de
sus
capacidades
y
ámbitos
de
participación.
ARTÍCULO
3:
Serán
objetivos
de este
Consejo:
1
-
Los integrantes que ocuparán cargos en dicho consejo, se nombrarán, de acuerdo a lo
previsto en la Resolución N° 000946, un integrante por institución (presidente o persona que
designe
la
comisión),
por
cada
Centro
de
Jubilados
priorizand
o
la
perspectiva
de
género,
ubicados
en
el
Departamento
de
Godoy
Cruz.
2
-
Las atribuciones del Consejo Departamental de la Persona Mayor, serán dictadas de
acuerdo
a la Resolución
N°
000946
del
Gobierno
de
Mendoza.
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3
-
El reglamento y funcionamiento del Consejo Departamental del Adulto Mayor en su
totalidad
se
trabajará
con
las
normas
fijadas
desde
el
Consejo
Provincial
del
Adulto
Mayor
de
la
Provincia
de
Mendoza.
ARTÍCULO 4:
Implementar los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Agenda 2030
adoptada
por
la
Asamblea
General
de
Naciones
Unidas
en
la
normativa
local,
en
el
ámbito
de
la
Municipalidad
de
Godoy
Cruz.
ARTÍCULO
5:
Adhiérase
a
La
Resolución
N°
000946
Personas
Mayores
de
la
Provincia
de
Mendoza
-
Ministerio
de
Salud, Desarrollo
Social
y
Deporte
en
todos
sus
aspectos.
ARTÍCULO
6:
Deróguese
la
Ordenanza
3643/93
y
modificaciones.
ARTÍCULO 7:
Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al registro municipal respectivo,
publíquese
y
cumplido
archívese.
DADA EN
SALA DE
SESIONES, EN
SESIÓN
ORDINARIA DEL DÍA SEIS DE
JUNIO DEL AÑO
DOS
MIL
VEINTIDOS