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Secretaría Administrativa
HCD
Municipalidad
de
Godoy Cruz
www.godoycruz.gob.ar
Rivadavia
448
-
Godoy
Cruz
+54
-
261
-
4133051/53
ORDENANZA
N°
7253/2022
VISTO:
El
Expediente
Nº
2021
-
000053/I1
-
GC,
caratulado:
DIRECCIÓN
DE
AMBIENTE
Y
ENERGÍA
-
DEPARTAMENTO DE GESTIÓN INTEGRAL DEL CAMBIO CLIMÁTICO
-
PROYECTO
DE
ORDENANZA
-
MODIFICAR
LA ORDENANZA
Nº
7110
-
PROGRAMA
ECOCANJE
;
y
CONSIDERANDO
Que, por las presentes actuaciones, el Departamento Ejecutivo a través de la Dirección
de Ambiente y Energía eleva a consideración del Cuerpo la Modificatoria del Programa
ECOCANJE
GC.
Que, el programa ECOCANJE GC es exitoso en el departamento y tiene co
mo objetivo
general
promover
la
economía
circular
del
Departamento
a
través
de
la
implementación de un sistema de canje ecológico que permite a la ciudadanía acceder
a diversos beneficios por lo que es necesario incorporar otros materiales tales como:
vidrio,
papel,
cartón,
aluminio,
residuos
eléctricos
y
electrónicos
y
pilas,
para
promover
la diversificación
de
materiales
a
recuperar.
Que atento a la inestable realidad económica que se vive en nuestro país, es necesario
definir un valor de Unidad Ecol
ógica que se mantenga constantemente actualizado y
que permita su adecuación sin que se requiera modificar la norma, motivo por el cual
es
conveniente
relacionar
el mismo
a un
valor
de
referencia.
Que, teniendo en cuenta que dentro del programa, existe la
posibilidad de realizar el
canje por pasajes de colectivo y que la tarifa de los mismos cumple con las condiciones
descriptas precedentemente, resulta apropiado tomar como valor de referencia de la
Unidad
Ecológica.
POR
ELLO:
EL
HONORABLE
CONCEJO
DELIBERANTE
DE
GODOY
CRUZ:
ORDENA
ARTÍCULO
1
-
SUSTITÚYESE
el
Artículo
3
de
la
Ordenanza
Nº
7110,
el
cual
deberá
quedar
redactado
de
la
siguiente
manera:
“
ARTÍCULO
3:
VALORES
DE
REFERENCIA.
A
efectos
de
materializar
el
intercambio de Unidades Ecológicas (U.E.) derivadas del Programa ECOCANJE GC por
los beneficios o servicios previstos en el mismo, se tendrán en cuenta los siguientes
valores
de
equivalencia:
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Secretaría Administrativa
HCD
Municipalidad
de
Godoy Cruz
www.godoycruz.gob.ar
Rivadavia
448
-
Godoy
Cruz
+54
-
261
-
4133051/53
RESIDUO
SECO
A
RECIBIR
CANTIDAD
DE
U.E.
24
botellas
plásticas
2
1,5
kg
cartón
2
1,5
kg
papel
2
4
botellas
de
vidrio
2
2
raee
domiciliario
grande
(con
una
dimensión
exterior
superior a
50
cm)
2
4
raee
domiciliarios
chicos
(
sin
ninguna
dimensión
exterior
superior
a
50
cm)
2
9
latas
2
0,5
kg
pilas
2
SERVICIO
MUNICIPAL
CANTIDAD
DE
U.E.
1/2 hr. de Estacionamiento en la Estación de transferencia multimodal Parque
Mitre
1
1 hr. de Carga eléctrica de vehículos en la Estación de transferencia multimodal
Parque
Mitre
1
Autorízase
al Departamento Ejecutivo a adicionar a los descriptos precedentemente, dentro
del programa de Ecocanje, otros servicios municipales o beneficios con sus correspondientes
equivalencias.
ARTÍCULO 2:
SUSTITUYESE
el artículo 4 de la Ordenanza
Nº 7110, el
cua
l deberá
quedar
redactado
de
la siguiente
manera:
“ARTÍCULO
4:
PARTICIPANTES
DEL
PROGRAMA.
AUTORÍZASE
al
Departamento
Ejecutivo a recibir y/o contratar servicios, bienes, y/o vales de descuento aportados por las
empresas, comercios y/o emprendimientos par
ticipantes del programa ECOCANJE GC a fin de
hacer
efectivo
el
canje
objeto
del mismo.”
ARTÍCULO 3:
SUSTITÚYESE
el Artículo 5 de la Ordenanza Nº 7110, el cual deberá quedar
redactado
de
la siguiente
manera:
“ARTÍCULO 5: DISPOSICIÓN FINAL DE LOS RESIDUOS
. Los residuos dispuestos de
manera transitoria que
surjan del Programa ECOCANJE deberán ser gestionados en el marco
de
la normativa
vigente
según
el
tipo
de
residuo.
ARTÍCULO
4:
AGRÉGUESE
a
la
Ordenanza
N°
7213/21
como
artículo
87
bis,
el
siguiente
texto:
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Secretaría Administrativa
HCD
Municipalidad
de
Godoy Cruz
www.godoycruz.gob.ar
Rivadavia
448
-
Godoy
Cruz
+54
-
261
-
4133051/53
“
ARTÍCULO 87 BIS:
Fíjase la UNIDAD ECOLÓGICA (U.E.) en un valor equivalente al
de la tarifa de un pasaje en ómnibus correspondiente al Servicio Público de Transporte Regular
de
Pasajeros
del Área
Metropolitana
del Gran
Mendoza.
ARTÍCULO
5:
Comuníquese
al
Departamento
Ejecutivo,
dése
al
registro
municipal
respectivo,
publíquese
y
cumplido
archívese.
p.m.
DADA
EN
CENTRO
SAN
ARNOLDO
JANSSEN,
PARROQUIA
DEL
ESPÍRITU
SANTO,
EN
SESIÓN
ORDINARIA DEL
DÍA
VEINTITRES
DE MAYO
DEL
AÑO
DOS
MIL
VEINTIDOS