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de
Godoy Cruz
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Godoy
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4133051/53
ORDENANZA
N°
7226/2022
VISTO:
El
Expte.
Nº
2021
-
000149/H1
-
GC,
caratulado:
Bloque
Frente
Cambia
Mendoza
-
CONC.
EMILIA
MOLINA
-
E/
PROYECTO
EMPLEOS
VERDES;
y
CONSIDERANDO:
Que
el
compromiso
que
la
Municipalidad
de
Godoy
Cruz
tiene
con
la
Red
Argentina
de
Municipios
Frente
al Cambio
Climático
(RAMCC)
como
ciudad
miembro.
Que el Programa de Empleos Verdes que ofrece la RAMCC que se vincula directamente con las
estrategias y políticas para descarbonizar la economía y para reducir las emisiones de gases
e
fecto
invernadero
(GEI’s),
potenciando
también
la
disminución
o
eliminación
de
los
desechos
y de la contaminación, y la protección, conservación y regeneración de los ecosistemas y la
biodiversidad.
Que el empleo verde
es un
trabajo que contribuye a prese
rvar y
restaurar nuestro ambiente
en
todos
los
sectores económicos.
Que es un trabajo decente que se realiza en condiciones de libertad, equidad, seguridad y
dignidad, y donde existe participación, se respetan los derechos y se cuenta con remuneración
ade
cuada
y
protección
social.
Que
los
empleos
verdes
protegen
al
ambiente,
promueven
el
desarrollo
sostenible,
la
adaptación
al cambio
climático
y
cuidan
los
ecosistemas
locales.
Que las economías verdes, además de fomentar el consumo local y responsable, promueven la
formación
de
la
identidad
de
las
comunidades
y
revalorizan
sectores
vulnerabilizados.
Que
los
empleos
verdes
se
pueden
crear
en
cualquier
lugar,
independientemente
de
su
nivel
de desarrollo económico. Pueden crearse tanto en áreas urbanas como rurales, en todos los
sectores
y
actividades
industriales y
tipos
de
empresas.
Que para el crecimiento y el empleo reconocemos la importancia de la transición hacia una
econom
ía verde y eficiente en el uso de los recursos para lograr un crecimiento inteligente,
sostenible
e
integrador.
Las
empresas
que
desarrollan
su
actividad
en
el
marco
de
una
economía
verde
no
son
solo
las
que
ofrecen
productos
y
servicios
verdes,
sino
también
aquellas
que
realizan
procesos
operativos
y
productivos
sostenibles.
Que
Godoy
Cruz,
al
momento
de
sancionar
esta
Ordenanza,
cuenta
con
7
(siete)
emprendimientos verdes adheridos a la Red; y con gran cantidad de otros emprendimientos
que
desean
ap
licar distintas
herramientas
de
sostenibilidad.
Que una manera de organizar territorialmente este tipo de empleo que propone la Red, es a
través de la creación de un “Registro de Empleo Verde” en cada una de las ciudades. El mismo,
será dispuesto para tod
as aquellas personas humanas físicas mayores de edad, que realicen
alguna
actividad
que
pueda
ser
incluida en
la
definición
de
empleo
verde.
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Que desde el año 2016, la Municipalidad de Godoy Cruz adoptó los Objetivos de Desarrollo
Sostenible
en
la
planificación
estratégica,
priorizando
la
sostenibilidad
ambiental
como
principal eje de gestión, y en 2018 se desarrolló el Plan Local de Acción Clim
ática (PLAC) Godoy
Cruz
Carbono
Neutral
2030,
distinguido
a
nivel
nacional
e
internacional,
sosteniendo
y
fomentando
la
descarbonización
y
la
sostenibilidad
en
todas
las
aristas
de
las
acciones
y
actividades
que
se
realicen
en
el
Departamento.
POR
ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GODOY CRUZ
ORDENA
ARTÍCULO 1:
Adhiérase el Departamento de Godoy Cruz al
“Programa Empleos Verdes”
de la
Red
Argentina
de
Municipios
Frente
al Cambio
Climático
(RAMCC.)
ARTÍCULO
2:
Objetivos.
El
objetivo
general
de
la
p
resente
ordenanza
es
difundir
e
incorporar
al
Programa
Empleos
Verdes
a
aquellos
emprendimientos
godoycruceños
que
deseen
implementar
buenas
prácticas
en
materia
de
sostenibilidad
en
todas
sus
líneas
de
acción.
Serán
objetivos
específicos
del
programa
los
siguientes:
1.
Identificar actividades y empleos verdes, con el fin de aumentar la información y el
conocimiento sobre el impacto ambiental y socio económico de políticas públicas hacia una
economía
más
verde.
2.
Impulsar
y
promover
la
creación
de
empleos
verdes
que
mejoren
la
capacidad
y
habilidad de los actores internos y externos basados en la necesidad de generar trabajo y
profundizando
los
cambios
para
alcanzar
una economía
sustentable.
3.
Promover buenas prácticas ambientales en las empresas, para foment
ar la creación de
proyectos
sustentables,
que
posibiliten
la
aplicación
de
políticas
empresariales
con
responsabilidad
social
que
minimicen
el
impacto
ambiental
de
los
procesos
productivos
incorporando
la
lógica
circular
y
formas
de producción
más
limpias.
4.
Contribuir a la reducción de las desigualdades de género por medio de acciones de
promoción de la autonomía económica de las mujeres, de reconocimiento y fortalecimiento de
su
protagonismo
en
el
ámbito
productivo.
5.
Mejorar
la
calidad
de
vida
de
la
població
n
ofreciendo
productos
saludables
y
sustentables,
promoviendo
la
seguridad
alimentaria
y
el
consumo
responsable.
6.
Incentivar
la
diversificación
y
la
reutilización
de
materiales
para
generar
nuevos
productos
y
nuevas
posibilidades.
7.
Promover
la
concientización
de
la
población
en
el
cuidado
del
ambiente
y
en
el
consumo
responsable,
apoyando
a emprendimientos locales.
ARTÍCULO
3:
Sujetos.
Son
sujetos
de
la
presente
Ordenanza
todas/os
los/las
emprendedoras/es que reducen el impacto ambiental en el
consumo de energía, materias
primas y agua mediante estrategias de eficiencia; como así también aquellos que otorgan
trabajo a colectivos y a grupos minoritarios (mujeres jefas de hogar, personas en contexto de
encierro,
personas
que
presentan
alguna
discapacidad).
Así
mismo,
todos/as
aquellos/as
emprendedores/as
que
quisieran
cambiar
sus
hábitos
e incorporar
prácticas
sostenibles.
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ARTÍCULO 4:
Los sujetos descritos en el Art. 3, serán reconocidos por esta Ordenanza como
“Empleos Verde
s” y su tarea se declara de cuádruple valor (social, ambiental, económico y
ético).
ARTÍCULO 5:
Autoridad de Aplicación.
La Autoridad de Aplicación será el área de empleo
dependiente de la Dirección de Educaciòn y Gestión de Empleo de la Secretaría de Des
arrollo
Humano,
o
el
área que
en
un
futuro
la reemplace.
Entre
sus funciones
estará:
1.
Registrar
los
empleos
verdes
en
el
programa
de la RAMCC.
2.
Vincular
a
los
y
las
emprendedoras/es
mediante
reuniones
mensuales
que
fomenten
la
participación
y
creen
un
espacio
de
articulación
y
trabajo
entre
estos
emprendimientos.
3.
Posibilitar
el
acceso
a
programas
nacionales,
provinciales
e
internacionales
de
promoción
y
financiamiento.
4.
Facilitar
capacitaciones
y
fomentar
emprendimientos
destinados
a
ingresar
al
Registro
de
Empleo
Verde.
ARTÍCULO
6:
Procedimiento.
Para
registrar
a
un
emprendimiento
como
Empleo
Verde
se
deberá acudir ante la Autoridad de Aplicación y solicitar el formulario expedido por la RAMCC
debiendo completarlo
y
enviarlo.
Así
mismo,
deberá
dejar
sus
datos
en
el
Registro
Único
Municipal
de
Empleos
Verdes.
ARTÍCULO
7:
Registro.
Créase
el
REGISTRO
ÚNICO
MUNICIPAL
DE
EMPLEOS
VERDES
(RUEV)
dependientes
del
Poder
Ejecutivo
Municipal,
con
el
objeto
de
establecer
un
censo
que
determine la cantidad de emprendimientos comprometidos con el cuádruple valor instalados
en el departamento de Godoy Cruz. La elaboración RUEV deberá especificar, como mínimo los
siguientes
datos:
1.
Datos del emprendedor o emprendedora. Para el caso de pers
ona física (unipersonal):
Documento Único del titular, C.U.I.L. ó C.U.I.T. de la persona titular; en caso de personas
jurídicas (Sociedades: S.A., S.R.L., Asociaciones, Cooperadoras, Clubes, etc.): Contrato social o
estatuto de constitución y poder para re
presentar sociedad
-
Documento Único del presidente,
socio
gerente
y
del apoderado
c/poder
que lo
acredite,
C.U.I.T.
2.
Características del
empleo.
Definiendo
tipo
de
emprendimiento,
rubro,
categoría
y
nivel
de
empleo
verde
obtenido
en
la RAMCC.
ARTÍCULO
8:
Niveles
de
Empleos
Verdes.
En
base
al
puntaje
obtenido
mediante
el
procedimiento de evaluación de la RAMCC, se establecen tres (3) niveles de empleos verdes:
Nivel 1, Nivel 2 y Nivel 3; siendo “Nivel 1” empleos de menor puntuación “Nivel 3” empleos de
mayo
r
puntuación.
Los Niveles
se
dará
en
función
a la siguiente
escala:
Tipos
de
Niveles
Intervalo
de
puntaje
requerido
Nivel
1
0
-
50%
Nivel
2
50
-
80%
Nivel
3
80
-
100%
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Una vez obtenido el Nivel de Empleos Verdes correspondiente, autorízase al proponente, a
utilizar públicamente el distintivo de "Empleos Verdes Nivel (X)", con la identificación de la
marca:
"Red
de
Emprendedores
Verdes
RAMCC”
ARTÍCULO 9:
Monitoreo y cont
rol.
La Autoridad de Aplicación definirá las inspecciones para
verificar el cumplimiento de las acciones bajo las cuales se obtuvo el correspondiente Nivel
de
Empleo
Verde.
ARTÍCULO
10:
Cambio
de
Nivel.
En
caso
de
incorporar
nuevas
acciones
en
cuanto
a
sostenibilidad, el emprendimiento podrá solicitar el cambio de
Nivel ante la Autoridad de
Aplicación,
quien
articulará con
la RAMCC.
ARTÍCULO 11:
Sistema
de bonificaciones
y beneficios.
Autorízase al Departamento Ejecutivo
a implementar un sistema de bonificación a los Empleos Verdes en función del nivel obtenido,
según
el
siguiente
detalle:
1.
Descuento en las tasas de comercio.
En caso de tratarse de emprendimientos nuevos,
el descuento se aplicará a partir de la obtención d
e la correspondiente Habilitación de Locales
para el Desarrollo de Actividades Industriales, Comerciales, de Servicio y Civiles, emitido por la
Dirección
de
Inspección
General
y
Fiscalización
del
Municipio
o
el
organismo
que
en
un
futuro
lo
reemplace.
Cuando
se
trate
de
un
emprendimiento
existente,
modificación
o
refuncionalización,
el
descuento
se
aplicará
a
partir
del
mes
en
que
se
obtenga
el
Nivel
descripto en el Artículo 8. Para ambos casos, se deberá seguir el siguiente criterio, en función
del
niv
el
obtenido:
Nivel
Bonificación
en
la
tasa
de
comercio
1
35% de
descuento
2
50% de
descuento
3
65% de
descuento
2.
Bonificación
en
derecho
a
la
cartelería
en
la
vía
pública.
En
caso
de
tratarse
de
emprendimientos
nuevos,
el
descuento
se
aplicará
a
partir
de
la
obtención
de
la
correspondiente
Habilitación
de
Locales
para
el
Desarrollo
de
Actividades
Industriales,
Comerciales,
de
Servicio
y
Civiles,
emitido
por
la
Dirección
de
Inspección
General
y
Fiscalización
del
Municipio
o
el
organismo
que
en
u
n
futuro
lo
reemplace.
Cuando
se
trate
de
un emprendimiento existente, modificación o refuncionalización, el descuento se aplicará a
partir del mes en que se obtenga el Nivel descripto en el Artículo 8. Para ambos casos, se
deberá
seguir el siguiente
criterio,
en
función
del nivel
obtenido:
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Nivel
Bonificación
en
derecho
de
cartelería
1
10%
de
descuento
2
25%
de
descuento
3
50%
de
descuento
3.
Prioridad en la contratación con el municipio,
siempre y cuando exista igualdad de
condiciones
en
la
oferta
y
se
presenten
en
tiempo
y
forma
a la
licitación
correspondiente.
4.
Distintivo “Empleos Verdes”.
Además del distintivo de la RAMCC, el emprendimiento
contará
con
un
distintivo
con
el
logo
de Godoy
Cruz,
apoyando estos
emprendimient
os.
5.
Beneficios
en
publicidad:
●
Todos aquellos emprendimientos que sean parte del Programa Empleos Verdes de la
RAMCC tienen fomento nacional a través de este organismo, comenzando por la inclusión del
emprendimiento
en
el
Mapa
de
Empleos
verdes
y
la
posibilidad
de
participar
en
ferias
nacionales.
●
Las
empresas
que
cumplan
con
lo
detallado
en
la
presente
ordenanza
serán
destacadas
en
el
portal
web
de
la
Municipalidad
de
Godoy
Cruz
bajo
el
lema
Empleos
Verdes.
●
Los emprendimientos
verdes godoycruceños serán priorizados a
la
hora
de participar
en
ferias
locales
y
provinciales.
ARTÍCULO
12:
Autorízase
a
la
Autoridad
de
Aplicación
a
generar
nuevos
incentivos
a
los
fines
de
promover la
adhesión
a la presente
Ordenanza.
ARTÍCULO
13:
Comuníquese
al
Departamento
Ejecutivo,
dése
al
registro
municipal
respectivo,
publíquese
y
cumplido
archívese.
PL
DADA
EN
SALA
DE
SESIONES,
EN
SESIÓN
ORDINARIA
DEL
DÍA
VEINTIDOS
DE
MARZO
DEL
AÑO
DOS
MIL
VEINTIDOS